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CAMARGO, OSCAR ALBERTO c/ CASILLO, MARIA CELESTE s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda de daños y perjuicios por accidente de tránsito contra María Celeste Casillo y Paraná Seguros S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala E, confirmó la sentencia de primera instancia y mantuvo las sumas indemnizatorias, la aplicación de la tasa de interés adoptada y la imposición de las costas de alzada a la citada en garantía.

Accidente de transito Danos y perjuicios Incapacidad Dano moral Gastos medicos Danos materiales Intereses Costas de alzada Pericia medica Confirmacion de sentencia


¿Quién es el actor?

Oscar Alberto Camargo.
- Demandado(s): María Celeste Casillo (citada en garantía) y Paraná Seguros S.A.
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito (incapacidad física y psíquica, gastos médicos, daño moral, daños materiales, privación de uso, intereses y costas).

¿Qué se resolvió?

Se confirmó íntegramente la sentencia de primera instancia en todo lo que decide y fue materia de recurso; se impusieron las costas de alzada a la citada en garantía; una vez regulados los honorarios en la instancia de grado, se fijarán los de esta Alzada; se dejó constancia de la ausencia de firma del Dr. Li Rosi por licencia.
- Fundamentos principales (transcripciones literales seleccionadas): "Encontrándose firme la existencia de daño antijurídico y de factores de atribución de responsabilidad, así como de un nexo causal adecuado, entiendo que sólo resta precisar los daños sufridos por el reclamante a raíz del hecho de autos y fijar la correspondiente indemnización o resarcimiento, considerando su magnitud y el principio de reparación integral que tiene jerarquía constitucional (CSJN, Fallos 321: 487 y 327: 3753 entre otros)." "A partir de lo antes expuesto, a mi modo de ver, los dictamenes aparecen como correctamente fundados, por lo que estaré a sus conclusiones." "En virtud de ello, corresponde rechazar los agravios de la citada en garantía y confirmar este aspecto del pronunciamiento." (referido a la aplicación de la tasa de interés activa cartera general del Banco de la Nación Argentina). "IV.
- Las costas de Alzada se imponen a la citada en garantía en virtud del principio objetivo de la derrota, del que no encuentro fundamento alguno para apartarme (art. 68 del CPCCN)."
- Votos/diferencias: La resolución resultó del acuerdo mayoritario integrado por el voto del Dr. José Benito Fajre (que motivó ampliamente la confirmación de los rubros indemnizatorios, la tasa de interés y la imposición de costas) y la adhesión de la Dra. Marisa Sorini; el Dr. Li Rosi no intervino por licencia. No hay disidencia en la parte resolutiva.

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