MEDINA, ROBERTO c/ LA NUEVA METROPOL SATACI (LINEA 194) s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Medina demandó por daños y perjuicios alegando su calidad de pasajero en un colectivo; la Cámara confirmó el rechazo de su demanda por no acreditarse su presencia en la unidad. En la causa Cianciosi la Cámara confirmó la mayor parte de la condena pero modificó la tasa de interés aplicable, ordenando la tasa activa cartera general del Nación desde el hecho hasta el pago.
- Actor (expte. 60021/2017): Roberto Medina.
¿A quién se demanda?
La Nueva Metropol SATACI (citada en garantía: Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Demanda por daños y perjuicios por lesiones sufridas en accidente de tránsito ocurrido el 04/02/2017; se discutía especialmente la calidad de pasajero y la procedencia de la indemnización.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia apelada en cuanto rechazó la demanda de Medina; se impusieron las costas de alzada a la parte actora. En la causa Cianciosi (expte. 21195/2019) se dispuso la aplicación de la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina desde el 04/02/2017 hasta el efectivo pago (con excepción para el rubro “reparación del vehículo”), se confirmó el resto de la sentencia apelada y se impusieron las costas de alzada en el orden causado.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En definitiva, del análisis pormenorizado del material probatorio producido en autos, me lleva a concluir que no se ha acreditado la calidad de pasajero del actor en el interno 919 del colectivo de la línea 194. En consecuencia, propongo al Acuerdo que se desestime el agravio formulado por el demandante y se confirme el rechazo de la acción dispuesto en la instancia de grado."
"Por lo que llevo dicho, mociono hacer lugar a los agravios de la parte actora en lo relativo a la aplicación de la tasa de interés. En consecuencia, propongo modificar la sentencia en el sentido de aplicar la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina a partir del momento del hecho (04/02/2017) y hasta el efectivo pago, con la excepción dispuesta por el Magistrado de grado respecto del curso de los intereses correspondientes al rubro 'reparación del vehículo' que no fue materia de agravios ante esta instancia."
"Por lo que resulta de la votación que instruye el acuerdo que antecede, se resuelve: ... confirmar la sentencia apelada en todo lo que decide y fue objeto de apelación y agravios; ... disponer la aplicación de la tasa activa cartera general ...; ... confirmar el resto de la sentencia apelada ...; 3) Imponer las costas de Alzada en el orden causado..."
- Votos y disidencias: Los votos de la Dra. Marisa Sandra Sorini y del Dr. José Benito Fajre fueron coincidentes y configuran la decisión de la mayoría; el Dr. Li Rosi no firma por hallarse en uso de licencia (no consta disidencia en el acuerdo).
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