SANCHEZ, NANCY ADRIANA c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION
La actora promovió acción de amparo por mora contra ANSES solicitando que se ordene la pronta resolución del expediente administrativo. El Juzgado declaró la acción abstracta por haberse dictado la resolución reclamada, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios del abogado de la actora en $520.632.
¿Quién es el actor?
Sánchez, Nancy Adriana.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Acción de amparo por mora para que ANSES dicte resolución y ponga fin a la demora del expediente administrativo N° 024-27-186536253-299-1 iniciado el 18/12/2024.
¿Qué se resolvió?
Se declaró abstracta la acción de amparo por mora, se impusieron las costas a la demandada, se regularon honorarios del letrado de la actora en Pesos 520.632 (equivalente a 7 UMA), se eximió de la tasa de justicia y se emplazó a los letrados para acreditar aportes previsionales y colegiales.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
- "Para ello debemos destacar que se entiende como casos devenidos en abstractos a aquellos en los cuales, si bien al momento de haber sido llevados a conocimiento de los magistrados reunían todas las características del caso judicial, durante el trámite del proceso tienen lugar circunstancias que tornan estéril el dictado de una sentencia sobre el fondo de la controversia." (LAPLACETTE, Carlos J., cita)
- "Debemos destacar que las resoluciones judiciales deben limitarse a expedirse sobre cuestiones fácticas o jurídicas sobre las cuales pueda existir alguna controversia al momento de su dictado. En la presente causa el planteo efectuado carece de objeto actual por haberse cumplimentado con la pretensión esgrimida por la actora, por lo cual no existen razones por las cuales deba expedirme sobre su procedencia o improcedencia."
- "En consecuencia, recurriendo a la disposición citada y teniendo en cuenta, conforme lo dispone el art. 16 de la normativa aplicable, el valor, motivo, extensión, calidad jurídica de la labor desarrollada, la complejidad del caso bajo análisis y el resultado obtenido se regulan los honorarios del Dr. Luis José Martino López, letrado de la actora, en la suma de Pesos quinientos veinte mil seiscientos treinta y dos ($520.632), equivalente a 7 UMA conf. Resolución de su Secretaría General de Administración Nº 1687/2025 de la CSJN."
Votos en disidencia: No existen votos en disidencia anotados; la Parte Resolutiva consignada es la decisión del tribunal.
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