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GENTILI, MARTA SUSANA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

Reclamó la actora el reajuste de su haber jubilatorio y la declaración de inconstitucionalidad de diversas normas previsionales e impositivas. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda, revocó la resolución administrativa denegatoria, ordenó a ANSES recalcular y reajustar el haber, declaró inconstitucionales normas de leyes 24.463, 27.426 y 27.609 y eximió de retención por Ganancias los retroactivos.

Gentili Anses Reajuste de haberes Inconstitucionalidad Ley 27.609 Ley 27.426 Ley 24.463 Impuesto a las ganancias Retroactivos Tasa pasiva promedio


¿Quién es el actor?

Marta Susana Gentili.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber jubilatorio, revocatoria de la resolución administrativa N° RCE-U 02773/11 (12/08/11), pago de retroactivos y declaración de inconstitucionalidad de diversas disposiciones legales (arts. de leyes 24.463, 24.241, 27.426, 27.609, y normas del impuesto a las ganancias).

¿Qué se resolvió?

Se admitió la acción de la Sra. Gentili; se ordenó a ANSES que determine el haber inicial y reajuste el haber previsional conforme a los considerandos, se revocó la Resolución N° RCE-U 02773/11 (12/08/11) y se impuso a ANSES la práctica de las liquidaciones respectivas dentro del plazo del art. 2 de la ley 26.153; se fijó la tasa de interés (Tasa Pasiva Promedio del BCRA) para las diferencias; se declararon inconstitucionales el art. 7 inc. 2 de la Ley 24.463, el art. 2 de la ley 27.426 (con los alcances señalados), la fórmula de movilidad prevista por la ley 27.609, el artículo 21 de la ley 24.463, y los arts. 23 inc. c); 79 inc. c); 81 y 90 de la ley 20.628 (por lo que quedaron exentos de retención por Impuesto a las Ganancias los retroactivos y el haber reajustado); se impusieron las costas a la demandada; se regularon honorarios por 10,26% del capital actualizado para las dos primeras etapas y se diferió la regulación por la tercera etapa para cumplimiento.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes del fallo, preservando lenguaje original): "Por tales motivos, corresponde declarar la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad prevista por la ley 27.609, no correspondiendo su aplicación a la hora de reajustar el haber de la parte actora." "En consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, en cuanto establece que la misma será aplicable a los haberes devengados entre el 1 de julio y 29 de diciembre del 2017, por lo que la demandada deberá liquidar los haberes de dicho período conforme lo dispuesto por la ley 26.417, aplicando la ley 27.426 para los períodos posteriores." "Como consecuencia de lo expuesto, cabe declarar la inconstitucionalidad de los arts. 23, inc. c); 79, inc c); 81 y 90 de la ley 20.628, texto según leyes 27.346 y 27.430 y por lo tanto exentas de retención de Impuesto a las Ganancias a las sumas que correspondiere abonar al accionante en concepto de retroactivo emergente del reajuste que se ordena, como así también el haber reajustado que en definitiva corresponda al mismo."
- Votos en disidencia relevantes: No constan votos en disidencia; la parte resolutiva final es la decisión del Juez de primera instancia que aquí se transcribe.

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