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ARRIGONI, IGNACIO c/ FB LINEAS AEREAS S.A. s/LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR

Demanda de consumidor por cancelación de vuelo y reclamo de daños y perjuicios. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente: condenó a FB Líneas Aéreas S.A. a pagar $1.107.349,40 por daño patrimonial y $450.000 por daño moral, rechazando la solicitud de daños punitivos y aplicando intereses según considerandos.

Ley de defensa del consumidor Cancelacion de vuelo Responsabilidad del transportista Dano emergente Dano moral Dano punitivo rechazado Intereses Costas Ejecucion de sentencia Art. 63 ldc / codigo aeronautico.


¿Quién es el actor?

Dr. Ignacio Arrigoni.

¿A quién se demanda?

FB Líneas Aéreas S.A. (Flybondi / FB Líneas Aéreas).
- Objeto de la demanda: acción por daños y perjuicios (daño patrimonial y daño moral) y solicitud de daño punitivo, por la cancelación del vuelo Córdoba–Bariloche el 30/08/2024 que obligó al actor a comprar pasajes en Aerolíneas Argentinas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se condenó a FB Líneas Aéreas S.A. a pagar $1.107.349,40 por daño patrimonial y $450.000 por daño extrapatrimonial; se rechazó el reclamo de daños punitivos; se impusieron las costas en un 80% a la demandada y 20% a la actora; plazo de cumplimiento 15 días desde que quede firme la resolución; intereses y demás pautas según los considerandos.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "No se ha probado que se haya brindado alguna de las posibilidades mencionadas a la actora. Por otro lado, se ha demostrado
- a través de la contestación de oficio de la empresa Aerolíneas Argentinas
- la adquisición de pasajes por parte del actor y su grupo familiar para viajar a Bariloche, en la misma fecha en la que originalmente se había pactado el viaje con la demandada. ... La necesidad de cubrir el costo del pasaje de Aerolíneas Argentinas se trata de una consecuencia previsible derivada del incumplimiento de FB Líneas Aéreas S.A., que tiene relación de causalidad adecuada con este último. Por tanto, este daño emergente debe ser resarcido." "En consecuencia, corresponde condenar a la demandada FB Líneas Aéreas a abonar, en concepto de daño emergente, la suma de pesos un millón ciento siete mil trescientos cuarenta y nueve con cuarenta centavos ($1.107.349,40) al actor, que surge de la sumatoria de los montos consignados en la contestación de oficio remitida por Aerolíneas Argentinas, donde constan los precios de los pasajes adquiridos por los accionante." "En consecuencia, en el caso de autos, tomando en consideración las circunstancias, factores e inconvenientes generados a la actora considero que corresponde hacer lugar al reclamo por daño moral efectuado, por un monto inferior al reclamado... resulta pertinente fijar a valores actuales, a la fecha de la presente resolución, la suma de pesos cuatrocientos cincuenta mil ($450.000), en concepto de daño moral." "En tal sentido... corresponde rechazar el reclamo de daños punitivos al no encontrarse configurados los requisitos necesarios que hacen a su admisibilidad."
- Disidencias relevantes: no se consignan votos en disidencia; la parte dispositiva final del juez es la decisión.

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