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PERROTA, GRACIELA BEATRIZ c/ SENDRA, MARTA OFELIA Y OTROS s/REIVINDICACION

La actora promovió acción de reivindicación contra Sendra, Marta Ofelia y otros. La Cámara declaró desierto el recurso de apelación y dejó firme la sentencia de grado por falta de agravios concretos, con costas a la apelante.

Reivindicacion Apelacion Desierto Agravios Art. 265 cpccn Costas Prescripcion adquisitiva Posesion Camara nacional de apelaciones en lo civil Regulacion de honorarios


¿Quién es el actor?

Perrota, Graciela Beatriz (actora).

¿A quién se demanda?

Sendra, Marta Ofelia y otros.
- Objeto de la demanda: Acción de reivindicación (reivindicación) sobre inmuebles.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil —Sala M— declaró desierto el recurso de apelación interpuesto y tuvo por firme la sentencia de grado en todo cuanto fuera materia de apelación; impuso costas de segunda instancia a la apelante vencida y diferió la regulación de honorarios en esta instancia hasta que se determinen los de la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes del acuerdo): "La expresión de agravios, como su nombre lo indica, supone expresar el perjuicio, la derrota que el pronunciamiento le produce al agraviado, fundado en hechos y derecho. No es una simple fórmula carente de sentido, sino que constituye una verdadera carga procesal y, para que cumpla su finalidad, debe contener una exposición jurídica que contenga la crítica concreta y razonada de las partes del fallo que el apelante considere equivocadas (art. 265 del CPCCN). Lo concreto se refiere a precisar, indicar, determinar, cuál es el agravio. Debe definir así, punto por punto, los pretendidos errores, omisiones y deficiencias que se le atribuyen al fallo, especificar con toda exactitud los fundamentos de las objeciones." "Tal exigencia legal es la que no veo cumplida en esta apelación. En efecto, la recurrente se limitó a manifestar su genérica disconformidad con la apreciación que hizo el colega de grado acerca de los testigos, sin individualizar a quiénes se refiere ni a su contenido. Menciona recibos de impuestos de manera imprecisa y, en definitiva, ni siquiera intenta desvirtuar los sólidos argumentos desarrollados en la sentencia sobre la inexistencia de posesión o de oposición a la que ejercían los cónyuges Perrota y Gómez, máxime cuando tampoco estaban cumplidos los veinte años que exige la ley para admitir la prescripción adquisitiva (arts. 4015 CCiv. y 1897 y 1899 CCCN)." "Por lo expuesto, propongo al acuerdo que se declare desierto el recurso de apelación interpuesto y se tenga por firme la sentencia en todo cuanto fuera materia de apelación. Con costas a la apelante vencida (art. 68 CPCCN)."
- Votos y discrepancias: Los Dres. González Zurro y Benavente votaron en acuerdo por declarar desierto el recurso; no hubo voto en disidencia.

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