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GIL, CARLOS WALTER c/ GONZALEZ, CARLOS EDUARDO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Reclamó indemnización por daños materiales y privación de uso tras un choque en la puerta de su domicilio y demandó $154.150; la Justicia hizo lugar a la demanda y condenó a Carlos Eduardo González y subsidiariamente a Caledonia Argentina Compañía de Seguros SA. a pagar $880.000 más intereses y costas, por acreditarse el siniestro mediante pericia, testimonio e informes registrales.

Danos y perjuicios Accidente de transito Rebeldia Pericia mecanica consentida Privacion de uso Responsabilidad objetiva Seguro obligatorio / ley 17.418 art. 118 Intereses moratorios Costas Indemnizacion


¿Quién es el actor?

Carlos Walter Gil.

¿A quién se demanda?

Carlos Eduardo González; se hizo extensiva la condena a Caledonia Argentina Compañía de Seguros SA. (citado en garantía).
- Objeto de la demanda: indemnización por daños y perjuicios derivados de un siniestro de tránsito ocurrido el 2/12/2021, que afectó el lateral izquierdo del Chevrolet Prisma del actor; se reclamó originalmente $154.150 (actualizado y con intereses) y se peticionaron rubros por daños materiales, pérdida de valor venal y privación de uso.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se condenó a Carlos Eduardo González a abonar la suma de $880.000 (pesos ochocientos ochenta mil) más intereses en la modalidad fijada en el punto VI) de la sentencia, con pago dentro de los diez días de firme; la condena se extiende a Caledonia Argentina Compañía de Seguros SA. conforme art. 118 ley 17.418. Se impusieron costas al vencido (Carlos Eduardo González). Se difiere regulación de honorarios a la liquidación firme y se ordenó apertura de cuenta bancaria en pesos.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos/textos relevantes del fallo):
- Sobre la rebeldía y su incidencia: "El silencio en oportunidad del traslado de la demanda pese a estar debidamente notificada, permite suponer el tácito reconocimiento de los hechos expuestos y de los documentos acompañados por la accionante en su escrito inicial, de conformidad con la presunción que en tal sentido autoriza el artículo 356 inc. 1º del Código Procesal. En principio la rebeldía del demandado no altera sustancialmente las reglas relativas a la distribución de la carga de la prueba, aunque permite tener por ciertos los hechos lícitos que se le atribuyen al rebelde."
- Sobre la pericia y su valor: "Dicha pericia se encuentra consentida por lo que me estaré a sus conclusiones en lo términos del art. 477 del Cód. Procesal." (resumen del informe pericial: daños consistentes en raspone­s sin deformación y mecánica probable de 'roce lateral', estimación de costo de reparación).
- Sobre la valoración probatoria y conclusión de responsabilidad: "Por lo que tengo por acreditado mediante dicho testimonio la versión del hecho ventilado por el accionante respecto a que su rodado en posición de estacionado el día 2 de diciembre del 2021 a las 17 horas fue embestido ... en su lateral izquierdo lado del conductor." y "Por ello, corresponde hacer lugar a la demanda de Carlos Walter Gil contra Carlos Eduardo González, quien resulta ser según prueba informativa propietario del rodado ... DUF-925. Hago extensiva la condena contra Caledonia Argentina Compañía de Seguros SA. a tenor del art. 1118 de la ley 17.418."
- Sobre montos otorgados: pericia y presupuesto validado fijaron el costo de reparación en $770.000, se rechazó la pérdida de valor venal, y se reconoció privación de uso fijando $100.000 (5 días a $20.000 diarios); la suma condenatoria resultó en $880.000.
- Disidencias: no se consignan votos ni disidencias; la decisión es del juez de primera instancia.

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