MARIGLIANO, MONICA MABEL c/ ANSES s/PENSIONES
La actora demandó a ANSeS por reconocimiento de pensión por fallecimiento, impugnando además la aplicación del impuesto a las ganancias sobre retroactivos y la validez del artículo 3 del DNU 157/2018. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia apelada, declaró inaplicable el impuesto sobre los retroactivos en el caso y mantuvo la imposición de costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Mónica Mabel Marigliano (actora).
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reconocimiento de pensión directa por fallecimiento del cónyuge; declaración de inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018 en el caso concreto; exención del Impuesto a las Ganancias sobre los retroactivos derivados de reajustes previsionales; y regulación de costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios y ordenó imponer las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme al artículo 36 de la ley 27.423. Insértese, hágase saber, publíquese y oportunamente devuélvanse los autos al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Surge de los presentes que el causante falleció a los 53 años y 24 días con un total de 25 años y 8 meses de servicios -conforme el cómputo ilustrativo elaborado por la ANSeS, acompañado por la actora-... corresponde confirmar la sentencia apelada."
"Ahora bien, en relación al agravio sobre la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias respecto de las sumas que se liquiden en concepto de retroactivos derivados de reajustes de haberes previsionales, entiendo que así debe declararse, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas “GARCIA, Marta Susana c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” y “DATTORE, Manuel Víctor s/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, del 10 de septiembre 2020 y “Villamayor, Homero Jorge c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, del 17 de septiembre 2020..."
"En relación al agravio sobre las costas, este habrá de rechazarse por cuanto contrariamente a lo sostenido por la demandada la sentencia hizo lugar sustancialmente a la demanda cursada por la actora, razón por la cual no existe razón alguna para apartarse del criterio general de la derrota, por lo que cabe confirmar la imposición hecha por el a-quo y de igual modo en esta instancia... corresponde mantener la declaración de oficio de la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 resuelta en primera instancia e imponer las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423."
- Disidencias: No se registran disidencias relevantes; los tres magistrados adhirieron a la solución de confirmar la sentencia apelada (los tres votos coincidieron en lo sustancial según el acuerdo).
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