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GAZZONI, RENZO URIEL c/ RODRIGUEZ, GLADYS EDITH s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda, impuso las costas de alzada al actor y reguló/modificó honorarios profesionales, periciales y de la mediadora conforme a lo dispuesto.

Accidente de transito Danos y perjuicios Pare Eximente Confirmacion de sentencia Costas de alzada Regulacion de honorarios Peritos Camara nacional de apelaciones en lo civil sala e Responsabilidad civil.


¿Quién es el actor?

Renzo Uriel Gazzoni.

¿A quién se demanda?

Gladys Edith Rodríguez y su aseguradora San Cristóbal Sociedad Mutual de Seguros Generales.
- Objeto de la demanda: Reclamo de daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 1/9/2021 (colisión entre motocicleta del actor y automóvil conducido por el demandado).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia recurrida que rechazó la demanda y condenó al actor al pago de las costas de alzada. Además, en relación con apelaciones de honorarios y emolumentos, la Sala modificó y reguló montos a favor de los letrados, peritos y mediadora conforme al detalle consignado en el dispositivo final.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) "La Sra. Jueza de grado tuvo por acreditado que el día 1/9/2021, el accionante circulaba al mando de su motocicleta marca Motomel modelo SKUA CX 250 dominio A139RRV por la calle Vuelta de Obligado, de esta ciudad y en circunstancias en que se encontraba realizando el cruce de la intersección con la calle Blanco Encalada, resultó embestido en su lateral izquierdo por el frente del automóvil Peugeot 207 compact, dominio OJT 343 conducido por el demandado." 2) "Se encuentra acreditado en autos que el actor se encontrara circulando por la derecha del emplazado (art. 41 de la ley 24.449). Ahora bien, la alegada prioridad de paso quedó desvirtuada ante la existencia de un cartel con la señalización de 'PARE' sobre la arteria Vuelta de Obligado, calle por la cual circulaba el señor Gazzoni... La detención es obligatoria aunque nadie circule por la transversal." 3) "En consecuencia, de lo expuesto entiendo probado que fue la conducta del actor la que, desde el punto de vista causal, provocó el accidente. El obrar de la víctima configuró un eximente de la responsabilidad que, por aplicación del régimen del artículo 1.729 del Código Civil y Comercial de la Nación, quiebra el nexo de causalidad... Propicio al Acuerdo desestimar los agravios de la parte actora reclamante y confirmar la sentencia de grado, con costas de Alzada al actor vencido."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los tres jueces votaron en idéntico sentido.

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