BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ OSIMI, MARCELO EMILIO s/COBRO DE SUMAS DE DINERO
Demanda del Banco Nación por cobro de suma de dinero por créditos otorgados vía home banking y cajero automático. El Juzgado Civil y Comercial Federal Nº10 hizo lugar a la demanda y condenó a Marcelo Emilio Osimi al pago de $211.224,12 más intereses y el IVA, imponiéndole además las costas.
¿Quién es el actor?
Banco de la Nación Argentina.
¿A quién se demanda?
Marcelo Emilio Osimi.
- Objeto de la demanda: Cobro de sumas de dinero por créditos personales otorgados bajo la "Línea de Préstamos Personales Preaprobados
- Nación Ahora -" tramitados mediante tarjeta de débito y home banking/ATM, por un saldo reclamado de $211.224,12.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda, condenando a Marcelo Emilio Osimi a pagar a la actora, en el plazo de 10 días hábiles, la suma de $211.224,12, más los intereses indicados en el considerando IV y el importe del IVA que corresponda; se impusieron las costas a la demandada vencida y se diferirió la regulación de honorarios hasta la aprobación de la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales):
"En estos términos, tengo por acreditados los hechos alegados por la actora en su demanda y, ante la falta de prueba en contrario, corresponde admitir la acción interpuesta."
"El importe adeudado devengará intereses punitorios y compensatorios tal como se reclama en la demanda. En cuanto al punto de partida de su curso, se devengarán desde la mora hasta la efectiva cancelación del crédito que se admite a favor del Banco de la Nación Argentina, debiendo la demandada hacerse cargo también de la alícuota correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA)."
FALLO (fragmento dispositvo): "1) HACER lugar a la demanda promovida por el Banco de la Nación Argentina, y condenar al Marcelo Emilio Osimi, a pagarle a la actora en el plazo de 10 días hábiles, la suma de pesos de pesos doscientos once mil doscientos veinticuatro con doce centavos ($211.224,12), con más los intereses indicados en el considerando IV, y el importe del IVA que corresponda. 2) IMPONER las costas del juicio a cargo de la demandada vencida (art. 68 primer párrafo del Código Procesal). 3) DIFERIR la regulación de honorarios hasta que sea aprobada la liquidación definitiva."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en el expediente.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: