Logo

AULAR BELIZARIO, CESAR AUGUSTO s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización presentada por Cesar Augusto Aular Belizario. El Juzgado concedió la ciudadanía argentina por naturalización, ordenando la extensión del título una vez prestado juramento y disponiendo notificaciones a la Fiscalía Federal, Cámara Nacional Electoral, RENAPER, Migraciones y Ministerio de Relaciones y Culto.

Ciudadania por naturalizacion Carta de ciudadania Ley 346 Decreto 3.213/84 Juramento Enrolamiento Art. 35 ley 17.671 Ministerio publico fiscal Registro nacional de las personas Direccion nacional de migraciones

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Cesar Augusto Aular Belizario (peticionario). Demandado: Estado nacional / actuación ante el Juzgado Civil y Comercial Federal N°11 con intervención del Ministerio Público Fiscal y órganos estatales para notificaciones (Cámara Nacional Electoral, Registro Nacional de las Personas, Dirección Nacional de Migraciones, Ministerio de Relaciones y Culto). Objeto: Solicitud de carta de ciudadanía argentina por naturalización. Decisión: Se hizo lugar a la solicitud y se concedió la ciudadanía argentina por naturalización a Cesar Augusto Aular Belizario (DNI 95.778.122), ordenándose que se le extienda el título respectivo una vez que preste juramento, con la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año y las notificaciones administrativas pertinentes a las autoridades indicadas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes): "Que en autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, la ley 346 y su decreto reglamentario 3.213/84, para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina." "Por ello, oído el Ministerio Público Fiscal, y atento la expresa manifestación de voluntad expuesta por el peticionario, RESUELVO: conceder el honor de la ciudadanía argentina por naturalización a Cesar Augusto Aular Belizario, nacido en Caracas, Venezuela, el 9 de abril de 1986, hijo de Williams Aular Martinez y de Carmen Emilia Belizario de Aular, con DNI N° 95.778.122 a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, a la Constitución y a sus leyes, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año, bajo el apercibimiento del artículo 35 de la ley 17.671 (texto según ley 22.435) a partir de la fecha del juramento." "Previo al juramento de ley, hágase saber al interesado lo manifestado por el Sr. Fiscal Federal respecto a lo dispuesto por el art. 15 del Decreto 3.213/84." "Regístrese, notifíquese, al Sr. Fiscal Federal, comuníquese a la Cámara Nacional Electoral, al Registro Nacional de las Personas, a la Dirección Nacional de Migraciones (art. 110 de la ley 25.871) y al Ministerio de Relaciones y Culto de la Nación, a fin de que por la vía pertinente, comunique la concesión de la nacionalidad argentina al país de origen del interesado."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la resolución fue firmada por el Juez de 1ra. instancia que dictó la sentencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar