MBAYE, MAME CHEIKH ANTA s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA
Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización presentada por Mame Cheikh Anta Mbaye. El Juzgado Federal de Córdoba concedió la ciudadanía argentina y ordenó el emplazamiento para identificación dentro de un año, además de comunicar la resolución a la Dirección Nacional de Migraciones y al RENAPER.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MBAYE, MAME CHEIKH ANTA, nacido el 06/10/1991 en Thies, Senegal, con DNI para extranjeros N° 96.285.924.
Demandado: Estado nacional / autoridades competentes en materia de migraciones y registros (se ordenan comunicaciones a Dirección Nacional de Migraciones y Registro Nacional de las Personas).
Objeto: Solicitud de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización (Ley 346, Ley N° 24.533 y modificatoria N° 24.951).
Decisión: Se hace lugar a la solicitud y se otorga la ciudadanía argentina a MBAYE, MAME CHEIKH ANTA; se lo emplaza a identificarse como argentino naturalizado dentro del plazo de un año para la extensión de la Carta de Ciudadanía y fotocopia certificada de la resolución; se ordenan las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional.
- Fundamentos principales de la decisión (textos tomados del fallo):
"I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad del peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951."
"II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente."
"RESUELVO 1) Otorgar la Ciudadanía Argentina a 'MBAYE, MAME CHEIKH ANTA' con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne de lealtad a su Constitución y Legislación. 2) Emplazar al solicitante para que proceda a su identificación como argentino naturalizado en el plazo de un año, a cuyo fin se extenderá Carta de Ciudadanía y fotocopia certificada de la presente Resolución bajo apercibimiento de ley (art. 35 de la Ley671 modificada por la Leyes 20.974 y 22.435). 3) Ordenar las comunicaciones pertinentes a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional. 4) Regístrese, hágase saber y líbrense las comunicaciones de ley."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en el expediente.
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