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PIDLYPSKYI, ANTON s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

El peticionario solicitó carta de ciudadanía argentina por naturalización. El Juzgado concedió la ciudadanía a Anton Pidlypskyi condicionada al juramento de fidelidad y a la obligación de enrolarse dentro del año, ordenando las comunicaciones administrativas pertinentes.

Naturalizacion Ciudadania argentina Ley 346 Decreto 3213/84 Juramento de fidelidad Enrolamiento Articulo 35 ley 17.671 Registro nacional de las personas Direccion nacional de migraciones Ministerio publico fiscal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Anton Pidlypskyi, peticionario de la carta de ciudadanía por naturalización. Demandado: Estado Nacional (trámite frente al Juzgado Civil y Comercial Federal n.º 11; con intervención del Ministerio Público Fiscal y comunicaciones a órganos del Estado). Objeto: Concesión del honor de la ciudadanía argentina por naturalización y expedición del título respectivo. Decisión: Se hizo lugar a la solicitud y se concedió la ciudadanía argentina por naturalización a Anton Pidlypskyi, con la condición de que preste juramento comprometiendo fidelidad a la República, a la Constitución y a sus leyes, y cumpla la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año, bajo apercibimiento del artículo 35 de la ley 17.671 (texto según ley 22.435). Asimismo, se ordenaron las notificaciones y comunicaciones al Fiscal Federal, Cámara Nacional Electoral, Registro Nacional de las Personas, Dirección Nacional de Migraciones y Ministerio de Relaciones y Culto, y la entrega al peticionario de las actuaciones en formato papel.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): "Que en autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, la ley 346 y su decreto reglamentario 3.213/84, para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina. Por ello, oído el Ministerio Público Fiscal, y atento la expresa manifestación de voluntad expuesta por el peticionario, RESUELVO: conceder el honor de la ciudadanía argentina por naturalización a Anton Pidlypskyi, nacido en Mariúpol, Donetsk, Ucrania, el 25 de agosto de 1985, hijo de Ihor Pidlypskyi y de Iryna Pidlypska, con DNI N° 96.363.319 a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, a la Constitución y a sus leyes, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año, bajo el apercibimiento del artículo 35 de la ley 17.671 (texto según ley 22.435) a partir de la fecha del juramento. Previo al juramento de ley, hágase saber al interesado lo manifestado por el Sr. Fiscal Federal respecto a lo dispuesto por el art. 15 del Decreto 3.213/84. Regístrese, notifíquese, al Sr. Fiscal Federal, comuníquese a la Cámara Nacional Electoral, al Registro Nacional de las Personas, a la Dirección Nacional de Migraciones (art. 110 de la ley 25.871) y al Ministerio de Relaciones y Culto de la Nación, a fin de que por la vía pertinente, comunique la concesión de la nacionalidad argentina al país de origen del interesado. Hágase entrega al peticionario la totalidad de las actuaciones existentes en formato papel, déjese constancia de ello en las actuaciones digitales."
- Votos en disidencia: No aparecen votos en disidencia en la resolución.

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