GUILLEN PAREDES, ZUJEIDIS ANDREA s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA
Solicitud de Carta de Ciudadanía por naturalización presentada por Guillen Paredes, Zujeidis Andrea. El Juzgado Federal de Córdoba otorgó la ciudadanía argentina por naturalización y ordenó las comunicaciones al Registro Nacional de las Personas, Dirección Nacional de Migraciones y Cámara Nacional Electoral.
¿Quién es el actor?
GUILLEN PAREDES, ZUJEIDIS ANDREA.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (procedimiento de naturalización ante el Juzgado Federal).
- Objeto de la demanda: Solicitud de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización (presentada el 04/07/2023), acreditando nacimiento en Barinas, Venezuela (03/10/1990) e identidad y antecedentes conforme Ley 346, Ley 24.533 y modificatoria 24.951.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la solicitud y se otorgó la Ciudadanía Argentina a GUILLEN PAREDES, ZUJEIDIS ANDREA; se la emplazó a identificarse como argentina naturalizada en el plazo de un año para extender la Carta de Ciudadanía y fotocopia certificada de la resolución, y se ordenaron las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes del fallo):
"I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad de la peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951."
"II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente."
"En virtud de lo expuesto, RESUELVO 1) Otorgar la Ciudadanía Argentina a 'GUILLEN PAREDES, ZUJEIDIS ANDREA', con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne de lealtad a su Constitución y Legislación. 2) Emplazar a la solicitante para que proceda a su identificación como argentina naturalizada en el plazo de un año, a cuyo fin se extenderá Carta de Ciudadanía y fotocopia certificada de la presente Resolución bajo apercibimiento de ley (art. 35 de la Ley 17671 modificada por la Leyes 20.974 y 22.435)."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente.
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