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CHARLES, ESTEVENSON s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA

Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización presentada por un extranjero nacido en Haití. El Juzgado Federal de Córdoba otorgó la ciudadanía argentina a Estevenson Charles, concluyendo que se acreditaron los extremos previstos por la Ley 346 y el art. 2 de la Ley 24.533, y ordenó las comunicaciones a Migraciones y al Registro Nacional de las Personas.

Naturalizacion Ciudadania argentina Ley 346 Ley 24.533 Identificacion Direccion nacional de migraciones Registro nacional de las personas Juzgado federal de cordoba Otorgamiento de ciudadania Expediente fcb 6672/2021


¿Quién es el actor?

CHARLES, ESTEVENSON (peticionante).

¿A quién se demanda?

No corresponde (solicitud administrativa-judicial de naturalización dirigida al Juzgado Federal).
- Objeto de la demanda: Solicitud de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización, acreditando nacimiento en Gonaïves, Haití (19/10/1995), filiación, estado civil y domicilio en la ciudad de Córdoba; DNI para extranjeros N° 95.769.362.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la solicitud y se otorgó la ciudadanía argentina a Estevenson Charles, con todos los derechos y deberes que las leyes imponen; se lo emplazó a identificarse como argentino naturalizado en el plazo de un año para extender la Carta de Ciudadanía y se ordenaron las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad del peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951." "II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente." Disidencias: No constan votos en disidencia en el expediente analizado.

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