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POLO NONATO, MERY ISABEL s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA

La solicitante peticionó la Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización acreditando nacimiento en Chancay, Perú y antecedentes personales. El Juzgado Federal de Córdoba N°1 hizo lugar a la solicitud y otorgó la ciudadanía argentina por naturalización, emplazando a la interesada a identificarse en el plazo de un año y ordenando las comunicaciones a Migraciones, RENAPER y la Cámara Nacional Electoral.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: POLO NONATO, MERY ISABEL. Demandado: En autos de solicitud de naturalización dirigida ante el Juzgado Federal (prácticamente frente al Estado Nacional/autoridades competentes en materia de ciudadanía). Objeto: Otorgamiento de la Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización. Decisión: Se hizo lugar a la solicitud y se otorgó la Ciudadanía Argentina a POLO NONATO, MERY ISABEL, con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan, previo juramento; se la emplazó a identificarse como argentina naturalizada en el plazo de un año para extenderle la Carta de Ciudadanía y fotocopia certificada de la resolución, y se ordenaron las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad de la peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951." "II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente." Y la parte dispositiva: "RESUELVO 1) Otorgar la Ciudadanía Argentina a “POLO NONATO, MERY ISABEL', con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne de lealtad a su Constitución y Legislación. 2) Emplazar a la solicitante para que proceda a su identificación como argentina naturalizada en el plazo de un año, a cuyo fin se extenderá Carta de Ciudadanía y fotocopia certificada de la presente Resolución bajo apercibimiento de ley (art. 35 de la Ley 17671 modificada por la Leyes 20.974 y 22.435). 3) Ordenar las comunicaciones pertinentes a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral. 4) Regístrese, hágase saber y líbrense las comunicaciones de ley." (No hubo voto en disidencia en el expediente analizado.)

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