S H, A T c/ G , D G (INCONT.DDA) s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora reclamó daños y perjuicios por lesiones e incapacidad derivadas de un choque por alcance. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Sala L modificó parcialmente la sentencia: elevó la indemnización por incapacidad a $12.000.000 y por daño moral a $5.900.000, confirmó lo demás, fijó régimen de intereses y cargó las costas de la alzada a la aseguradora.
¿Quién es el actor?
S H, A T (la actora, S H / A T S H).
¿A quién se demanda?
D G G (con citada en garantía Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada y otros).
- Objeto de la demanda: demanda por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito (impacto por alcance ocurrido el 31/07/2019), reclama incapacidad psicofísica sobreviniente, daño moral, intereses y adecuación del límite de cobertura de la póliza.
¿Qué se resolvió?
la Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia: elevó la partida por incapacidad psicofísica sobreviniente a $12.000.000 (a valores de la sentencia apelada), elevó la partida por daño no patrimonial (moral) a $5.900.000 (a valores del fallo apelado), determinó que por falta de agravio actual no corresponde adecuar el límite de cobertura (puede plantearse en ejecución), fijó intereses conforme al punto VII.c) del voto (8% anual desde el hecho hasta la sentencia apelada y desde entonces la tasa activa del fallo “Samudio” hasta el pago), confirmó lo demás de la sentencia y condenó en las costas de la alzada a la aseguradora por resultar sustancialmente vencida. Se difirió el tratamiento de recursos por honorarios hasta la liquidación aprobada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes):
"En consecuencia, encontrándose acreditadas las secuelas psicofísicas permanentes de la Sra. S H, teniendo en cuenta que al momento del hecho la misma tenía 39 años, se encontraba en pareja, tenía un hijo menor de edad, y trabajaba como cuentapropista -monotributista categoría A
- (ver BLSG e informe pericial), en uso de las facultades conferidas por el art. 165 del Cód. Procesal, considerando también la normativa convencional-constitucional en contra de toda discriminación y violencia contra la mujeres ... y en uso de las facultades conferidas por el art. 165 del Cód. Procesal, por resultar un tanto reducida, propongo elevar la partida fijada por incapacidad sobreviniente -comprensiva del daño físico, psíquico, y tratamiento kinésico y de rehabilitación pasado
- a la suma de pesos doce millones ($ 12.000.000), a valores de la sentencia recurrida."
"En virtud de estos parámetros, y teniendo en cuenta las repercusiones que ha tenido el hecho de autos en su persona en la esfera personal, laboral y social, en uso de las facultades que confiere el art. 165 del Cód. Procesal, por resultar reducida, propongo elevar la partida a la suma de cinco millones novecientos mil pesos ($5.900.000) a valores de la sentencia recurrida."
"Por ello, ante esta situación, dado que la tasa activa aplicada sobre valores actuales y durante todo el período desde el hecho
- que contempla el fenómeno de la inflación
- importaría alterar el capital de condena y configuraría un enriquecimiento sin causa en favor de la demandante, entiendo que corresponde modificar lo resuelto, disponiendo que todas las sumas indemnizatorias devengarán intereses a la tasa del 8% anual desde el hecho hasta la sentencia apelada; y desde allí, a la tasa activa del fallo 'Samudio' hasta el efectivo pago."
- Votos/diferencias relevantes: el voto que abre (Dra. Pérez Pardo) propone las modificaciones y fue acompañado por la Dra. Iturbide y el Dr. Rodriguez; no se registran disidencias.
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