GONZALEZ, RODOLFO JOAQUIN c/ POLIZZO, FACUNDO ARIEL Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Reclamaron daños y perjuicios por accidente de tránsito contra el conductor demandado y su aseguradora por póliza con límite de cobertura. La Cámara modificó la sentencia reduciendo el daño moral a $8.000.000 y declaró inoponible el límite de cobertura, extendiendo la condena íntegramente a HDI Seguros S.A., confirmando el resto de la sentencia.
¿Quién es el actor?
Rodolfo Joaquín González.
- Demandados: Facundo Ariel Polizzo (conductor) y HDI Seguros S.A. (citada en garantía).
- Objeto de la demanda: Reclamo de daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito, con demandas por incapacidad sobreviniente, daño estético, tratamiento psicológico, daño moral, gastos médicos y demás rubros; se cuestionó además el límite de cobertura de la póliza.
¿Qué se resolvió?
La Cámara resolvió modificar parcialmente la sentencia de grado: disminuir la suma otorgada por el rubro "daño extrapatrimonial (daño moral)" a $8.000.000; declarar inoponible el límite de cobertura y, en consecuencia, extender la condena en su totalidad a HDI Seguros S.A.; confirmar el resto de la sentencia apelada en todo lo que fue objeto de apelación; imponer las costas de Alzada en el orden causado; y diferir lo referente a los honorarios profesionales hasta que se fijen los de la instancia de grado.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"En atención a los sufrimientos padecidos por Rodolfo Joaquín González, la edad que ésta tenía al momento del hecho (88 años), y teniendo como parámetro que las sumas que aquí se otorgan deben procurar satisfacciones compensatorias y sustitutivas a las víctimas que las ayuden a sobrellevar el daño moral padecido, estimo prudente rechazar los agravios formulados por la parte actora y hacer lugar a los formulados por la parte demandada y la citada en garantía, por resultar algo elevado el monto otorgado, y en consecuencia propongo al Acuerdo, fijar la suma $ 8.000.000 en concepto de daño moral (art. 165 del CPCC)."
"Por todo lo expuesto, corresponde concluir que la limitación denunciada por la aseguradora no es oponible a la damnificada, por lo que propongo al Acuerdo hacer lugar a los agravios vertidos por la parte actora y hacer extensiva la condena en su totalidad a HDI Seguros S.A."
- Disidencia relevante: El Dr. Li Rosi no firmó por hallarse en uso de licencia. Los votos firmantes (Sorini y Fajre) adhieren en el resultado y exponen fundamentos propios sobre la inoponibilidad del límite; el Dr. Fajre agrega como motivo de adhesión consideraciones sobre conflicto de intereses del letrado que representó a ambas partes, lo que reforzó su conclusión de extender la condena a la aseguradora, pero dicha explicación sirve como fundamento particular y no altera lo resuelto por la mayoría.
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