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CARMONA, NICOLAS OMAR c/ LINEA 213 S.A. DE TRANSPORTE Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito contra Línea 213 S.A., su chofer y aseguradora. La Cámara modificó parcialmente el cómputo de intereses y confirmó en lo demás la sentencia de primera instancia que condenó a las demandadas a pagar $21.870.000 más accesorios.

Danos y perjuicios Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Intereses moratorios Reparacion integral Camara nacional de apelaciones en lo civil Aseguradora Costas de alzada Computo de intereses


¿Quién es el actor?

Nicolas Omar Carmona.

¿A quién se demanda?

Línea 213 S.A. de Transporte; Walter Gramajo (chofer); Metropol Sociedad de Seguros Mutuos (citada en garantía).
- Objeto de la demanda: indemnización por daños y perjuicios (incapacidad sobreviniente, tratamiento psicoterapéutico y daño moral) derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 15/07/2017.

¿Qué se resolvió?

la Cámara confirmó la sentencia apelada en todo lo decidido y materia de agravios y modificó parcialmente el cómputo de los intereses conforme al considerando VIII; las costas de Alzada se impusieron al demandado y su aseguradora.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) Sobre la reparación integral: "La reparación del daño debe ser plena. Consiste en la restitución de la situación del damnificado al estado anterior al hecho dañoso, sea por el pago en dinero o en especie" (art. 1740). 2) Sobre intereses y principio de congruencia: "Denegar la adición de intereses sobre el monto de la condena, merma notablemente la reparación de los daños y conduce de modo inexorable a menoscabar el principio de la reparación integral..." 3) Propuesta y decisión: "Por todo lo expuesto, si mi voto fuera compartido, propongo al Acuerdo: 1) Modificar parcialmente el cómputo de los intereses, según lo dispuesto en el considerando VIII. 2) Confirmar la sentencia apelada en todo lo que decidió y fue materia de agravios, con costas de Alzada al demandado y su aseguradora. ASÍ VOTO." (voto de la Dra. Iturbide, acompañado por los Dres. Guisado y Rodríguez).
- Votos en disidencia: no hubo disidencia; los tres jueces votaron en igual sentido.

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