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COMUN ANTONIO, SATURNINO s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA

Solicitó la Carta de Ciudadanía por naturalización un hombre nacido en Perú y radicado en Córdoba; pidió el reconocimiento de la ciudadanía argentina. El Juzgado Federal de Córdoba otorgó la ciudadanía por naturalización, constatando que se acreditaron los requisitos legales y ordenando la identificación del solicitante, la extensión de la Carta de Ciudadanía y las comunicaciones a los organismos pertinentes.

Naturalizacion Ciudadania argentina Carta de ciudadania Ley 346 Ley 24.533 Identificacion Direccion nacional de migraciones Registro nacional de las personas Juzgado federal Tramite administrativo-judicial


¿Quién es el actor?

COMUN ANTONIO, SATURNINO (solicitante de Carta de Ciudadanía).

¿A quién se demanda?

Estado nacional (actuación judicial relacionada con normas de naturalización y comunicaciones a organismos estatales).
- Objeto de la demanda: Solicitud de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización, iniciada el 16/05/2024; acreditación de nacimiento en Luquia, Huancavelica, Perú (27/11/1952) y demás requisitos personales.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la solicitud y se otorga la ciudadanía argentina por naturalización a COMUN ANTONIO, SATURNINO; se emplaza al peticionante a su identificación como argentino naturalizado dentro del plazo de un año para la extensión de la Carta de Ciudadanía y fotocopia certificada de la resolución; se ordenan las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional; y se dispone registro y notificaciones de ley.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad del peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951." "II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente." Dispositivo: "Otorgar la Ciudadanía Argentina a 'COMUN ANTONIO, SATURNINO', con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne de lealtad a su Constitución y Legislación." No obra disidencia.

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