TORRES VILLASMIL, JEAN CARLO s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA
Solicitud de Carta de Ciudadanía por naturalización presentada por Jean Carlo Torres Villasmil. El Juzgado Federal otorgó la ciudadanía argentina, imponiendo el juramento de lealtad y el emplazamiento para su identificación y la comunicación a Migraciones y el Registro Nacional de las Personas.
¿Quién es el actor?
TORRES VILLASMIL, JEAN CARLO.
¿A quién se demanda?
No consta parte demandada; trámite de solicitud de ciudadanía ante el Juzgado Federal.
- Objeto de la demanda: Solicitud de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización.
¿Qué se resolvió?
Se otorgó la Ciudadanía Argentina a TORRES VILLASMIL, JEAN CARLO, con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne de lealtad a la Constitución y Legislación; se emplazó al solicitante a identificarse como argentino naturalizado en el plazo de un año, se ordenaron las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional, y se libraron las demás comunicaciones de ley.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad del peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951."
"II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente."
(No se registra voto en disidencia en el expediente; la resolución es única y favorable al peticionante.)
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