BERTONE, MARIA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La actora demandó a ANSeS por reajuste de haberes y declaración de inconstitucionalidad de normas de movilidad. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, revocó la imposición de costas anterior imponiéndolas a la demandada, declaró inconstitucionales de oficio las Resoluciones ANSeS 56/2018 y SS Nº1/2018 y ordenó que no se descuente obra social sobre intereses.
¿Quién es el actor?
BERTONE, María Beatriz.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes jubilatorios (recalculo del haber inicial, aplicación de la movilidad, liquidación de retroactivos e intereses) y declaración de inconstitucionalidad de normas y resoluciones administrativas (art. 2 ley 27.426; Resol. ANSeS 56/2018; Secret. Seguridad Social 1/2018; cuestionamientos a la ley 27.541 y descuentos para obra social).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó parcialmente la sentencia apelada en los aspectos que motivaron agravios conforme los fundamentos y precedentes citados; revocó la forma en que se impusieron las costas en primera instancia e impuso las costas en ambas instancias a la demandada sustancialmente vencida (art. 36 ley 27.423); dispuso que no corresponde el descuento sobre intereses del porcentaje para la obra social; declaró de oficio la inconstitucionalidad de las Resoluciones ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social N° 1/2018; y reguló honorarios de Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
- "4°) En torno al agravio sobre las costas, concretamente al pedido de declaración de inconstitucionalidad del artículo 21 de la ley 24.463, cabe destacar que nuestro Máximo Tribunal, mediante fallo del 22 de junio de 2023 en el expediente FCR 21049166/2011/CS1 caratulado 'MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo', declaró la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia 157/2018 que derogaba el artículo 36 de la ley 27.423, y, en consecuencia, reafirmó su plena vigencia... Por lo tanto, de conformidad a la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación... corresponde revocar las costas de primera instancia e imponerlas a la demandada sustancialmente vencida, conforme artículo 36 ley 27.423..."
- "7°) En cuanto al descuento sobre intereses del porcentaje para la obra social, cabe señalar que dicho planteo fue introducido oportunamente en forma expresa en el punto 7-2 de la demanda y efectivamente no fue objeto de tratamiento en la sentencia apelada... Ello así, le asiste razón a la actora en cuanto a que el descuento del porcentaje para la obra social debe aplicarse exclusivamente sobre el capital. Los intereses no integran el haber, su función es compensar al accionante por las diferencias mal liquidadas por el organismo, por lo que no constituyen base para el pago del aporte a la obra social."
- "8°) En relación a los agravios formulados por la parte accionada, corresponde remitirnos -en lo pertinente
- por guardar analogía con lo resuelto en el expediente nro. FRO 18468/2021/CA1, 'DE SPIRITO, Amelia c/ANSeS s/ REAJUSTES VARIOS'... donde se declaró de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaria de Seguridad Social N° 1/2018, se ratificó la aplicación del precedente 'Makler' de la CSJN y se confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; se aclara que un vocal no participó por cese de funciones.
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