YPF SA (TF 33157-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
YPF SA impugnó la regulación de honorarios practicada por el Tribunal Fiscal de la Nación. La Cámara Contencioso Administrativo Federal anuló la regulación de fecha 29/05/25 y devolvió las actuaciones para que se practique nueva regulación conforme a las pautas sentadas, atendiendo la aplicación de la ley 27.423 y la jurisprudencia de la Corte.
¿Quién es el actor?
YPF SA.
¿A quién se demanda?
DGA (Dirección/Departamento demandado según carátula: "DGA").
- Objeto de la demanda: Recurso directo contra la regulación de honorarios practicada por el Tribunal Fiscal de la Nación (regulación de fecha 29/05/25), por aplicación de la ley 21.839 para cuantificar emolumentos correspondientes a las tareas realizadas en las tres etapas del proceso.
¿Qué se resolvió?
Se dejó sin efecto la regulación de honorarios del 29/05/25 en tanto el Tribunal Fiscal aplicó la ley 21.839 para cuantificar los emolumentos por las tareas realizadas en las tres etapas; y se devolvieron las actuaciones al tribunal de origen para que se practique una nueva regulación de honorarios de conformidad con las pautas que expone la sentencia.
- Fundamentos principales (transcripción de los pasajes relevantes):
"Que, en atención a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación –por mayoría– en Fallos: 341:1063 y 345:220; y ponderando que la 3er etapa del proceso ocurrió bajo el amparo de la ley 27.423, déjese sin efecto la regulación de honorarios practicada con fecha 29/05/25, en cuanto el Tribunal Fiscal de la Nación aplicó la ley 21.839 para cuantificar los emolumentos de los letrados de ambas partes por las tareas realizadas en las tres etapas del proceso. Así, y a fin de salvaguardar el derecho de defensa de las partes, corresponde devolver las actuaciones al tribunal de origen para que se practique una nueva regulación de honorarios, de conformidad con las pautas que emanan de la presente. ASÍ SE RESUELVE."
Además consta que "El doctor Rogelio W. Vincenti no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia (art. 109 del R.J.N.)."
- Disidencia / votos particulares: No se registra voto en disidencia en el texto de resolución; consta la no suscripción del Dr. Rogelio W. Vincenti por licencia, pero la decisión se expresa por los jueces firmantes Duffy y Morán.
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