PERALTA, RAMONA MARGARITA c/ ASOCIACION ARGENTINA DE LISIADOS s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA
La actora promovió demanda de prescripción adquisitiva sobre la Unidad Funcional N°7 ubicada en Hipólito Yrigoyen 2972, alegando posesión desde el 27/1/1995. El Juzgado rechazó la demanda por insuficiencia probatoria para acreditar la interversión del título y el requisito temporal de veinte años, e impuso las costas a la actora por su condición de vencida.
¿Quién es el actor?
Ramona Margarita Peralta.
¿A quién se demanda?
Asociación Argentina de Lisiados.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de prescripción adquisitiva (usucapión) sobre el inmueble sito en Hipólito Yrigoyen Nº 2972, Planta Baja, Departamento 3 (Unidad Funcional Nro. 7), Ciudad de Buenos Aires.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda de prescripción adquisitiva promovida por Ramona Margarita Peralta contra la Asociación Argentina de Lisiados. Asimismo, se impusieron las costas a la actora, se difirió la regulación de honorarios hasta determinar el valor del inmueble, y se intimó a retirar la documentación original en 10 días de quedar firme la sentencia.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes):
- "la actora omitió por completo relatar actos positivos, inequívocos y ostensibles que permitieran tener por configurada una interversión del título, presupuesto indispensable para transformar una tenencia originaria en posesión útil a los fines de la prescripción adquisitiva."
- "Tal omisión, lejos de constituir un mero defecto formal, importa una grave falencia estructural del reclamo, en tanto impide delimitar con precisión el dies a quo del plazo prescriptivo y priva a la parte demandada de un relato claro, completo y coherente de los hechos sobre los cuales ejercen adecuadamente su derecho de defensa."
- "la prueba testimonial producida, valorada conforme a las reglas de la sana crítica, no logra acreditar con la precisión necesaria el inicio ni la continuidad de la posesión durante el lapso legal exigido."
- "En consecuencia ... la actora no ha logrado acreditar de manera concluyente el requisito temporal de veinte años de posesión pública, pacífica, continua e ininterrumpida, con ánimo de dueña, por lo que la demanda de prescripción adquisitiva debe ser rechazada."
- Sobre costas: "Las costas se imponen a la parte actora, en su calidad de vencida, por aplicación del criterio objetivo de la derrota, del que no encuentro fundamento para apartarme. (Artículo 68 del Código Procesal)."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la sentencia es de este Juzgado en un solo voto.
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