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DAYCO ARGENTINA S.A. c/ AFIP - DGI s/REPETICIÓN

Dayco Argentina S.A. reclamó la repetición de pagos en exceso del impuesto a las ganancias por los ejercicios 2013, 2014 y 2015 por no haberse aplicado el ajuste por inflación. El Juzgado Federal hizo lugar a la acción, declaró inaplicable el art. 39 de la ley 24.073 para estos casos y ordenó la repetición de $24.644.729,76 más intereses desde la demanda.


¿Quién es el actor?

DAYCO ARGENTINA S.A.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos – DGI (AFIP/ARCA)
- Objeto de la demanda: acción de repetición para obtener la devolución de sumas ingresadas en exceso por impuesto a las ganancias correspondientes a los ejercicios fiscales 2013 ($4.647.366,18), 2014 ($8.273.772,53) y 2015 ($11.723.590,99), por no haberse aplicado el ajuste por inflación previsto en el Título VI de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la acción y se declaró inaplicable al caso el art. 39 de la ley 24.073 y toda norma que impida aplicar el ajuste por inflación previsto en los arts. 94 y ss. de la Ley 20.628 respecto de las declaraciones juradas de los períodos 2013, 2014 y 2015; se ordenó la repetición de la suma de $24.644.729,76 conforme la pericia oficial, con devolución en los términos de la RG 2224/1979 y la aplicación del interés de la tasa pasiva promedio del BCRA desde la demanda (23.04.2019) hasta su efectivo pago. Se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios y peritos según lo dispuesto en la resolución.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos/textos relevantes): 1) "Que por lo expuesto, tratándose de un tributo pagado en exceso y de manera ilegítima por su confiscatoriedad, de acuerdo a cada una de las consideraciones vertidas, corresponde hacer lugar a la acción entablada por DAYCO ARGENTINA SA, y declarar que resulta inaplicable al caso el art. 39 de la ley 24.073 y de toda otra norma legal o reglamentaria dictada en su consecuencia que impidan la aplicación del ajuste por inflación que regulan los arts. 94 y siguientes de la Ley 20.628, respecto a la declaración jurada del impuesto a las ganancias de los períodos fiscales 2013, 2014 y 2015. Por lo tanto, se le ordena a la demandada la repetición de la suma de pesos veinticuatro mil seiscientos cuarenta y cuatro mil setecientos veintinueve con setenta y seis centavos ($ 24.644.729,76), conforme lo dictaminado por la perito oficial, ello sin perjuicio de la subsistencia de las facultades de la AFIP en los términos de las potestades de verificación y fiscalización que le confiere la ley 11.683..." (Parte resolutiva). 2) "Que en ese marco y frente a la inconstitucionalidad

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