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ARCA c/ POSTA CATERING S.A.S. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal promovida por ARCA (ex AFIP) contra POSTA CATERING S.A.S. por $4.392.597,66. El Juzgado Federal declaró expedita la ejecución, habilitó a la AFIP para proceder hasta cobrar el capital e intereses, impuso las costas a la demandada y fijó pautas para embargo bancario, inhibición general y liquidación de la deuda.

Ejecucion fiscal Afip Embargo bancario Inhibicion general de bienes Liquidacion de deuda Costas Ley 11.683 Imputacion de fondos Montos $4.392.597 66 Juzgado federal


¿Quién es el actor?

ARCA (Ex A.F.I.P.)

¿A quién se demanda?

POSTA CATERING S.A.S.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal por la suma de $4.392.597,66, conforme a la boleta de deuda agregada en autos.

¿Qué se resolvió?

Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra POSTA CATERING S.A.S., quedando la Administración Federal de Ingresos Públicos habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital de $4.392.597,66 con más sus intereses legales; se impusieron las costas a la demandada; se autorizaron medidas de embargo bancario e inhibición general de bienes y se fijaron plazos y reglas para la imputación de fondos y la posibilidad de impugnación administrativa de la liquidación.
- Fundamentos principales y citas textuales relevantes (trascripción de los pasajes más relevantes del fallo): "I) Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado." "II) Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad, a cuyo fin deberá trabarse la inhibición general de bienes del demandado ante el Registro de la Propiedad Automotor y el Registro General de la Provincia..." "De igual manera, de resultar positivo el embargo bancario ordenado, el Representante del Fisco -dentro de los cinco días de quedar firme la presente-, deberá solicitar al Tribunal la imputación de los fondos a las respectivas cuentas recaudadoras, bajo su exclusiva responsabilidad." (Se reproduce además íntegramente la parte resolutiva:) "RESUELVO: I.
- Declarar expedita la ejecución... $4392597.66, con más sus intereses legales. II.
- Imponer las costas del proceso a la demandada (arts. 68 y 558 del CPCCN)... V.
- La Administración Federal de Ingresos Públicos practicará la liquidación de la deuda, la que será notificada administrativamente junto a la presente haciendo saber al demandado que podrá impugnarla en el plazo de cinco (05) días ante este Tribunal (art. 92 y cc. de la Ley 11.683 y sus modificatorias)."
- Disidencias: No existen votos en disidencia en el expediente; el fallo es una sentencia de primera instancia firmada por el juez interviniente.

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