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LOPEZ CUENCA, ZULEMA FREDESLINDA s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA

Solicitud de Carta de Ciudadanía por naturalización presentada por Zulema Fredeslinda López Cuenca. El Juzgado Federal de Córdoba otorgó la ciudadanía argentina por naturalización y emplazó a la solicitante a identificarse como argentina en el plazo de un año, disponiendo las comunicaciones a Migraciones, RENAPER y la Cámara Nacional Electoral.

Ciudadania por naturalizacion Carta de ciudadania Ley 346 Ley 24.533 Identidad Direccion nacional de migraciones Registro nacional de las personas Juzgado federal Juramento de lealtad Emplazamiento para identificacion


¿Quién es el actor?

LOPEZ CUENCA, ZULEMA FREDESLINDA (peticionante).

¿A quién se demanda?

(no hay parte demandada específica; actos dirigidos a las autoridades competentes: Estado Nacional / organismos administrativos).
- Objeto de la demanda: Solicitud de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización (Expte N° FCB 16057/2022), acreditando nacimiento en Barranca, Departamento Lima, Perú, el 28/02/1969, y demás extremos requeridos por la normativa.

¿Qué se resolvió?

Se otorgó la Ciudadanía Argentina por naturalización a Zulema Fredeslinda López Cuenca, con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan, previo juramento solemne; se la emplazó a identificarse como argentina naturalizada en el plazo de un año para la extensión de la Carta de Ciudadanía; y se ordenaron las comunicaciones pertinentes a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad de la peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951." "II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente." (Disidencias: no consta voto en disidencia.)

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