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FESTA, HECTOR MARIO c/ EDENOR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Reclamó el actor reparación por daños y perjuicios por un accidente con cable en vía pública contra Edenor S.A. La Cámara declaró desierto el agravio de la demandada respecto de las partidas indemnizatorias, confirmó la sentencia en lo demás y readecuó la tasa de interés: 8% anual desde el hecho y, desde la sentencia hasta el pago, la tasa activa del Banco Nación para operaciones a 30 días (con excepción de daños materiales).

Danos y perjuicios Riesgo creado Energia electrica Intereses Tasa 8% anual Interes activa banco nacion a 30 dias Apelacion Confirmacion de sentencia Desierto del recurso Costas


¿Quién es el actor?

Héctor Mario Festa.

¿A quién se demanda?

Edenor S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente (29/11/2017) en el que un cable relacionado con tareas de Edenor se enganchó en la motocicleta del actor. Se reclamó inicialmente $527.600 y/o lo que resulte de prueba; en primera instancia se condenó a Edenor a abonar $4.613.497 más intereses y costas (sent. 5/12/2024).

¿Qué se resolvió?

Se declaró desierto el recurso de la parte demandada respecto de las partidas indemnizatorias; se dispuso que los réditos de condena devenguen intereses para todos los rubros indemnizatorios desde el momento del hecho y hasta el pronunciamiento apelado a la tasa del 8% anual, y a partir de allí y hasta el efectivo pago, a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, con excepción de las sumas por daños materiales, que devengarán intereses a partir del 08/03/2022; se confirmó la sentencia en lo demás; se difirió la adecuación de honorarios hasta la liquidación definitiva. (Con costas de alzada a la demandada en los términos del considerando IX).
- Fundamentos principales (textos transcritos): "La energía eléctrica es ‘cosa’ en los términos del art. 2311 del Cód. Civil ... La energía eléctrica, tanto en las etapas de generación, transporte y distribución, es una cosa generadora de riesgos y potencialmente peligrosa. El dueño y guardián de esa energía deben responder objetivamente ante el damnificado por el factor riesgo creado". "La pericia mecánica ... indica que 'los daños sufridos por el vehículo de la actora, guardan relación de causalidad con el siniestro de marras' ... El dictamen pericial mecánico aparece como correctamente fundado, por lo que estaré a sus conclusiones." "Por lo tanto, en el caso particular, al encontrarse únicamente cuestionada la responsabilidad de la demandada, resulta de aplicación al caso la teoría del riesgo creado ... En consecuencia, propongo al acuerdo desestimar los agravios expresados por la demandada confirmar la sentencia en este aspecto." "En consecuencia, sobre el monto de capital de condena deberá aplicarse un interés puro del 8% anual a partir de hecho y hasta la fecha de la sentencia de grado, y a partir de esta última fecha y hasta el efectivo pago, un interés conforme la doctrina del citado plenario 'Samudio', o sea, la tasa activa del Banco de la Nación Argentina para sus operaciones a 30 días, con excepción del rubro daños materiales..."
- Votos y disidencias relevantes: Los tres vocales (Fajre, Li Rosi y Sorini) votaron en el mismo sentido y el acuerdo es unánime; no existen votos en disidencia.

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