FIGONI, FABIAN MARCELO c/ LAFORTE, ELIANA MAYRA s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Acción por daños y perjuicios por accidente de tránsito contra conductora y aseguradora; la Cámara elevó parcialmente las sumas indemnizatorias (incapacidad, kinesiología, psicoterapia y daño moral) y confirmó la sentencia en lo demás, diferiendo regulación de honorarios y imponiendo costas de alzada a la aseguradora.
¿Quién es el actor?
Fabián Marcelo Figoni.
- Demandados: Eliana Mayra Laforte (conductora) y Liderar Compañía General de Seguros S.A. (citada en garantía).
- Objeto de la demanda: indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito (incapacidad sobreviniente, tratamientos futuros kinesiológicos y psicológicos, daño moral, gastos de curación, intereses, límite de cobertura).
¿Qué se resolvió?
La Cámara elevó las sumas indemnizatorias a $6.000.000 por incapacidad sobreviniente; $500.000 por tratamiento kinesiológico; $2.000.000 por tratamiento psicológico; y $3.200.000 por daño moral, y confirmó la sentencia de grado en todo lo demás materia de agravios y apelación; diferir la regulación de honorarios ante esta Cámara hasta que se regulen en la instancia anterior; y disponer la registración, protocolización y notificación, con publicación eventual. Las costas de alzada se impusieron a la parte citada en garantía en los términos del considerando VI.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "Encontrándose firme la existencia de daño antijurídico y de factores de atribución de responsabilidad, así como de un nexo causal adecuado, entiendo que sólo resta precisar los daños sufridos por los reclamantes a raíz del hecho de autos y fijar la correspondiente indemnización o resarcimiento, considerando su magnitud y el principio de reparación integral que tiene jerarquía constitucional (CSJN, Fallos 321: 487 y 327: 3753 entre otros)."
- "En función de estos parámetros analizaré las pruebas producidas... Concluyó que el accionante presenta una incapacidad del 10 % de carácter parcial y permanente, según el Baremo para el Fuero Civil... [y] la Lic. María Victoria Rivas... Concluyó que el accionante presenta una incapacidad del 12% de carácter parcial y permanente..."
- "A partir de lo antes expuesto, a mi modo de ver, los dictámenes aparecen como correctamente fundados, por lo que estaré a sus conclusiones."
- Sobre la cuantificación: "considero que la suma otorgada para responder por la incapacidad psicofísica resulta reducida, por ende, propondré al acuerdo de mis colegas su elevación a $ 6.000.000 (art. 165 CPCCN)." Y respecto a tratamientos y daño moral: "propondré al acuerdo de mis colegas su elevación a $ 500.000 por tratamiento kinesiológico y $2.000.000 por tratamiento psicológicos (art. 165 CPCCN)." y "propondré al acuerdo de mis colegas su elevación a $ 3.200.000 (art. 165 CPCCN)."
- Sobre límite de cobertura y representación letrada: "Considero, pues, que la pretensión deducida en torno al límite de cobertura, trasunta intereses contrapuestos... el apoderado presentado por la aseguradora ha obrado en violación de esos principios, y con ello... su actuación procesal ha sido ineficaz... Por tales razones, el planteo de la citada en garantía... resulta inadmisible, y en consecuencia propongo rechazar el planteo de 'Liderar Compañía General de Seguros S.A.', y confirmar lo decidido al respecto por el Sr. juez de grado."
- Votos y disidencias: El voto del Dr. José Benito Fajre es preopinante y propone las elevaciones indicadas; los Dres. Ricardo Li Rosi y Marisa Sorini adhieren al voto del Dr. Fajre (la Dra. Sorini hace una aclaración respecto del límite de cobertura pero adhiere al resultado). No consta disidencia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: