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KRONEN INTERNACIONAL SA (TF 32381-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Kronen Internacional SA interpuso recurso directo contra la Dirección General de Aduanas relativo a la fijación de honorarios profesionales y emolumentos. La Cámara confirmó los honorarios del Dr. Justo Javier Alsina y fijó los honorarios del Dr. John Ryan Lussich y la Dra. Victoria V. Taylor en 3 UMA ($255.000) por la tercera etapa y 2,70 UMA ($230.000) por la alzada, aplicando la regulación apelada para su distribución.

Recurso directo Honorarios Emolumentos Uma Direccion general de aduanas Arancel de abogados Ley 27423 Confirmacion Alzada Iva


¿Quién es el actor?

KRONEN INTERNACIONAL SA.

¿A quién se demanda?

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS (DGA), organismo externo.
- Objeto de la demanda: Recurso directo vinculado con la fijación de honorarios/profesionales y emolumentos respecto de la representación letrada en el proceso.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó los honorarios del Dr. Justo Javier Alsina por las dos primeras etapas fijados a fs. 228/229; fijó los honorarios del Dr. John Ryan Lussich y de la Dra. Victoria V. Taylor por la tercera etapa en 3 UMA (equivalente a $255.000, en conjunto) y, además, estableció los emolumentos por la actuación en la alzada en 2,70 UMA (equivalente a $230.000, en conjunto). La distribución de los importes se hará conforme a la regulación apelada, por no haber agravio específico respecto de dicho criterio.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Es apropiado señalar que los emolumentos que se deben fijar a los profesionales y auxiliares de la justicia deben traducir -aun en los juicios de monto exiguo e, inclusive, sin monto
- una justa retribución de las tareas desplegadas, compatible con la dignidad en el ejercicio profesional (art. 14 bis de la C.N.; esta Sala, en su actual integración, causas nº 22082/2018, in re: 'Pihue SA (TF 25934-I) c/Direccion General Impositiva s/recurso directo de organismo externo' y nº 35557/2022, in re: 'EN – MAYDS c/ Barmetal SRL s/ proceso de ejecución', ambas del 23/05/2024)." "Por ello, teniendo presente la naturaleza, resultado del asunto, así como la calidad y eficacia de la tarea profesional y las etapas cumplidas, SE CONFIRMAN los honorarios del Dr. Justo Javier Alsina -por su actuación durante las dos primeras etapas del juicio
- fijados a fs. 228/229; y SE FIJAN los honorarios del Dr. John Ryan Lussich y de la Dra. Victoria V. Taylor -por su actuación durante la tercera etapa del juicio
- en 3 UMA que equivale -a la fecha
- a la suma de doscientos cincuenta y cinco mil pesos
- $255.000-, en conjunto, que se distribuirán en la proporción establecida en la regulación apelada, toda vez que dicho criterio no ha sido objeto de agravio específico (arts. 6, 7, 9, 37 y 38 del arancel de abogados y procuradores; arts. 16, 19, 20, 21, 29 y 44 de la ley 27423; y Resol. SGA Nº 3160/25)." "Asimismo, con fundamento en pautas análogas a las enunciadas y considerando, además, el resultado del recurso, SE ESTABLECEN los emolumentos del Dr. John Ryan Lussich y de la Dra. Victoria V. Taylor, por las tareas cumplidas en la alzada ... en conjunto, en 2,70 UMA que equivale -a la fecha
- a la suma de doscientos treinta mil pesos -$230.000
- (art. 30 de la ley 27423 y Resol. SGA Nº 3160/25)."
- Observaciones relevantes: Se indica además que, si el profesional beneficiario acredita su condición de responsable inscripto frente al IVA en la instancia anterior, se adicionará la alícuota correspondiente a los emolumentos fijados, conforme a la doctrina de la Corte Suprema (citas: Fallos 316:1533; 322:523; 329:1834). Por hallarse vacantes dos cargos de jueces de la Sala, suscribe también el Dr. Jorge Eduardo Morán conforme a la Acordada Nº 3/25.

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