LATAM AIRLINES GROUP SA c/ EN - DNM - EX 19938/15 s/RECURSO DIRECTO PARA JUZGADOS
Reclamo por regulación de honorarios de apoderadas de la parte demandada en expediente de caducidad de la instancia. La Cámara modificó y redujo los honorarios regulados en grado, fijando para la Dra. Cintia Carina Torres 4 UMA ($339.852) y para la Dra. Ornella Paola Cappelletti 1,2 UMA ($101.955,60), con costas a cargo de la actora.
¿Quién es el actor?
LATAM AIRLINES GROUP S.A.
¿A quién se demanda?
EN
- DNM (Juzgado del Fuero nº 6 / Administración Nacional de Aviación Civil o similar según abreviatura)
- Objeto de la demanda: recurso directo contra decisión administrativa/jurisdiccional (incidente que declaró caducidad de la instancia) y, en estas actuaciones, discusión sobre la regulación de honorarios por actuación profesional en la instancia de grado y en la incidencia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó las regulaciones de honorarios dictadas en la instancia de grado el 3 de julio de 2025, reduciendo los montos en favor de la Dra. Cintia Carina Torres y de la Dra. Ornella Paola Cappelletti; además determinó que los honorarios regulados corren a cargo de la parte actora. Regístrese, notifíquese y devuélvase al Juzgado del Fuero nº 6.
- Fundamentos principales (transcripciones textuales relevantes):
I.
- "Que, en función de la naturaleza del proceso y el resultado obtenido (cfr. pronunciamiento de grado del 10 de junio de 2025 -cfr. fs. 99
- que decretó la caducidad de la instancia en estos actuados) y teniendo en cuenta la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional desarrollado en la única etapa cumplida por ante la instancia de grado conforme presentación del 14 de junio de 2024 (cfr. fs. 37/62), es que corresponde modificar los honorarios regulados el 3 de julio de 2025 (cfr. fs. 104) en favor de la Dra. Cintia Carina Torres por su actuación como letrada apoderada y patrocinante de la parte demandada y reducirlos a la cantidad de 4 UMA (equivalentes a $339.852 -cfr. Resol. SGA Nº 3160/2025) -cfr. arts. 16, 20, 21, 22, 24, 25 y 29 y ccdtes. de la Ley nº 27.423-."
II.
- "Que, a tenor de lo indicado precedentemente y teniendo en cuenta la labor desarrollada en la incidencia resuelta el 10 de junio del año 2025 (cfr. fs. 99), corresponde modificar la regulación de honorarios practicada el 3 de julio del año 2025 (cfr. fs. 104) en favor de la Dra. Ornella Paola Cappelletti por su actuación como letrada apoderada y patrocinante de la parte demandada conforme actuación del 22 de mayo de 2025 (cfr. fs. 68/78) y reducirlos sus emolumentos a la cantidad de 1 ,2 UMA (equivalentes a $101.955,60 conforme Resol. SGA Nº 3160/2025); (cfr. arts. 16, 20, 21, 22, 24, 29 y ccdtes. de la Ley nº 27.423)."
III.
- "Que, de conformidad con lo resuelto en el citado pronunciamiento del 10 de junio de 2025 (cfr. fs. 99) en punto a las costas, los honorarios regulados en la presente se encuentran a cargo de la parte actora."
- Disidencias: No aparecen votos en disidencia en el dispositivo final; la resolución surge del acuerdo (se deja constancia de vacancia de Vocalía nº 15).
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