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ALLENDE, FERNANDO LUIS-TF 44257-I c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

El actor solicitó la condonación de una multa según el artículo 7°, quinto párrafo, de la Ley N° 27.743. La Cámara Contencioso Administrativo Federal suspendió el tratamiento del recurso directo y devolvió la causa al organismo de origen para que reasuma jurisdicción y se pronuncie sobre la incidencia.

Recurso directo Condonacion de multas Ley 27.743 Causales de exclusion Dgi Devolucion al organismo de origen Suspension de tramite R.g. 5525/2024 Jurisdiccion Camara contencioso administrativo federal


¿Quién es el actor?

ALLENDE, FERNANDO LUIS.

¿A quién se demanda?

DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA (Fisco Nacional).
- Objeto de la demanda: Petición de condonación de la multa aplicable conforme al artículo 7°, quinto párrafo, de la Ley N° 27.743; cuestionamiento vinculado a requisitos y causales de exclusión previstos en la Ley 27.743 y su reglamentación.

¿Qué se resolvió?

La Cámara suspendió el tratamiento del recurso directo y ordenó devolver la causa al organismo de origen para que reasuma su jurisdicción y se pronuncie sobre la petición de condonación, registrando la vacancia de la Vocalía N°15 y disponiendo su notificación y devolución.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "I.
- Que mediante la presentación de fojas 828 la actora solicita que la multa cuestionada en autos se tenga por condonada, de conformidad con el artículo 7º, quinto párrafo de la Ley Nº 27.743. ... En dicha oportunidad, sostuvo que el actor no cumple el requisito del inc. a) 'Tener presentadas las declaraciones juradas o liquidaciones determinativas
- originales y/o rectificativas
- de las obligaciones a regularizar y solicita se intime al actor a cumplimentar con el requisito del artículo 4 de la R.G. 5525/2024 como condición para acceder al beneficio bajo el marco normativo de la Ley 27.743, tal como lo expone el área técnica en la materia. Asimismo, sostuvo que no se pudo constatar todas las causales de exclusión previstas por la normativa vigente, a saber: incisos k) y l) del artículo 4 de la Ley Nº 27.743. En atención a ello, solicitó se corra traslado a la accionante a fin de que manifieste con carácter de declaración jurada que no estaba incursa en alguna de las causales de exclusión de la Ley Nº 27.743." "II.
- Que, en tales condiciones, se advierte que el planteo efectuado por la demandante respecto de la condonación de la multa cuestionada en autos constituye una incidencia ajena al recurso de apelación deducido ante esta Alzada y que, en caso de ser admitida tal petición, convertiría en abstractas las cuestiones introducidas en ese recurso. Por tal motivo, corresponde suspender el tratamiento del recurso de apelación deducido y devolver la causa al organismo de origen para que reasuma su jurisdicción y se pronuncie al respecto (cfr. CSJN, expte. Nº CAF 31392/2014, 'Real Work SRL c/Dirección General Impositiva s/recurso directo de organismo externo', pronunciamiento del 27 de diciembre de 2016)." (No hubo votos en disidencia registrados en la sección dispositiva.)

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