REYES FICA, JUAN PABLO c/ EN -DNM s/RECURSO DIRECTO DNM
Recurso directo promovido por Juan Pablo Reyes Fica contra la EN - DNM relativo a resolución administrativa. La Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo declaró desierto el recurso por incumplimiento del apercibimiento para expresar agravios y ordenó devolver la causa al Juzgado N°2.
Actor: REYES FICA, JUAN PABLO.
Demandado: EN
- DNM (Dirección Nacional de Migraciones / organismo nacional)
Objeto de la demanda: recurso directo contra una resolución relativa al expediente identificado en autos (revisión de la sentencia agregada a fs. 397).
¿Qué se resolvió?
Se declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte actora a fs. 398 por no haber expresado agravios dentro del plazo dispuesto en el art. 259 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, y se dispuso devolver la causa al Juzgado N°2, Secretaría N°4. Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que, contra la sentencia agregada a fs. 397, el Defensor Público Oficial interpuso recurso de apelación a fs. 398. El 8 de septiembre de 2025, la causa fue puesta en la oficina para que la apelante expresara agravios en los términos del artículo 259 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación; y dicho auto fue notificado a la recurrente ese mismo día (v. cédula electrónica)." "Que, ahora bien, la parte actora no cumplió con lo ordenado por este Tribunal en la providencia de fs. 400; de tal manera, ha transcurrido el plazo dispuesto en el mencionado artículo 259 del Código de rito, para que la recurrente, debidamente notificada, presentase su memorial." "En consecuencia, cabe declarar desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte actora a fs. 398 (cfr. artículo 266 del Código de rito). Todo lo cual, ASÍ SE DECIDE." Disidencia: no consta voto en disidencia; la decisión consta como resolución de la Sala.
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