Logo

WEICHZEL, ANTONIO BERNARDO c/ EN - M JUSTICIA Y DDHH - LEY 24043 s/AMPARO POR MORA

Regulación de honorarios en amparo por mora: la Cámara redujo los emolumentos de la apoderada. La Cámara reguló los honorarios de la Dra. Sonia Debora Casale en $713.689,20 por la instancia de origen y $118.948,20 por la alzada, y dispuso la inclusión del IVA en las costas cuando corresponda.

Amparo por mora Honorarios Ley 27.423 Uma Iva Regulacion Costas Camara contencioso administrativo federal Reduccion de emolumentos Ministerio de justicia y ddhh

Actor: Weichzel, Antonio Bernardo. Demandado: Estado Nacional
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Objeto de la demanda: Amparo por mora (Ley 24.043).

¿Qué se resolvió?

La Cámara reguló y redujo los honorarios de la letrada apoderada de la actora, fijando $713.689,20 (8,4 UMA) por la etapa de origen y $118.948,20 (1,4 UMA) por la actuación en alzada; además resolvió que el IVA integra las costas y deberá adicionarse cuando el profesional sea responsable inscripto, con plazo de pago desde que se denuncie tal condición. Se ordenó registro, devolución y notificación en la instancia de origen. Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes): "Que a fin de tratar el recurso interpuesto, en primer término, cabe señalar que, mediante la regulación de honorarios se busca compensar de modo adecuado la tarea desplegada por los profesionales que se desempeñaron durante la sustanciación de la causa. Para ello debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, en concordancia con la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución que cada uno ha aportado para llegar a la solución definitiva del pleito." "Además a fin de lograr una retribución equitativa y justa no resulta conveniente tan sólo la aplicación automática de porcentajes previstos en los aranceles, en la medida en que las cifras a las que se arriba lleven a una evidente e injustificada desproporción con la obra realizada. Tal proceder, limita la misión del Juzgador a un trabajo mecánico sin un verdadero análisis y evaluación de la tarea encomendada a los abogados, peritos, consultores, etc." "Atento el motivo, extensión, calidad jurídica y resultado de la labor desarrollada, es preciso remitirse a lo dispuesto en los incs. b) a g) del art. 16 de la referida Ley de Arancel. En tales condiciones, atendiendo a la etapa del pleito cumplida, corresponde reducir a la suma de PESOS SETECIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON VEINTE CENTAVOS ($713.689,20) –equivalentes a 8,4 UMA–, los emolumentos de la DRA. SONIA DEBORA CASALE... Por las tareas efectuadas en la alzada, atento que la única cuestión sometida a conocimiento del Tribunal fue la distribución de costas, atento el resultado obtenido, corresponde regular en la suma de PESOS CIENTO DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO CON VEINTE CENTAVOS ($118.948,20) –equivalente a 1,4 UMA–, los emolumentos de la DRA. SONIA DEBORA CASALE..." Disidencias: no constan votos en disidencia en el dispositivo final.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar