Logo

ARMAN, ENRIQUE HORACIO c/ EN-ARCA-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El actor impugnó la retención del impuesto a las ganancias sobre su haber previsional y pidió la declaración de inconstitucionalidad de normas de la ley 20.628 y el reintegro de las sumas retenidas. La Cámara confirmó la sentencia de grado que declaró inconstitucionales los artículos reclamados, ordenó cesar las retenciones sobre el haber jubilatorio hasta que legisle el Congreso y condenó al reintegro conforme a las pautas y plazos fijados, con costas de alzada a cargo del recurrente.

Retencion impuesto a las ganancias Jubilados Inconstitucionalidad Reintegro tributario Prescripcion quinquenal (art. 56 l.11.683) Intereses (art. 179 l.11.683) Ley 20.628 Leyes 27.617 y 27.725 Costas en el orden causado Camara contencioso administrativo federal


¿Quién es el actor?

Enrique Horacio Arman.

¿A quién se demanda?

El fisco nacional —ARCA— (EN
- ARCA / AFIP/ANSES según la litis).
- Objeto de la demanda: Se solicitó la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la ley 20.628 (t.o. con modificaciones posteriores), el cese de la retención del impuesto a las ganancias sobre el haber jubilatorio y el reintegro de las sumas indebidamente retenidas.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por el fisco nacional y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue materia de agravios; con costas de alzada en el orden causado.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Por ello, acatando el criterio sentado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, corresponde confirmar lo decidido por la jueza de grado." "En este sentido, cabe puntualizar que el Máximo Tribunal, entre otros extremos, sostuvo que correspondía '[p]oner en conocimiento del Congreso de la Nación la necesidad de adoptar un tratamiento diferenciado para la tutela de jubilados en condiciones de vulnerabilidad por ancianidad enfermedad, que conjugue este factor relevante con el de la capacidad contributiva potencial'. En consecuencia, resolvió '[c]onfirmar la sentencia apelada en cuanto ordena reintegrar a la actora desde el momento de la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago, los montos que se hubieran retenido por aplicación de las normas descalificadas. Hasta tanto el Congreso legisle sobre el punto, no podrá descontarse suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias de la prestación previsional'." "Por lo tanto, corresponde desestimar los agravios planteados por la demandada."
- Votos en la sentencia: ambos votos (Dr. Sergio Gustavo Fernández —preopinante— y Dr. Jorge Eduardo Morán) concurrieron en la decisión de confirmar la sentencia apelada; no consta disidencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar