MORENO, FRANCISCO JORGE c/ ANSES s/JUBILACION POR INVALIDEZ
Demanda por jubilación por invalidez contra ANSES; el Juzgado Federal hizo lugar, declaró inaplicable el Decreto 300/1997, revocó la resolución administrativa y ordenó a ANSES dictar nueva resolución que conceda la jubilación por invalidez y abone los haberes desde el inicio del trámite, además de declarar la inconstitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463.
¿Quién es el actor?
Sr. Francisco Jorge Moreno.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Otorgamiento de la jubilación por invalidez, declaración de inaplicabilidad del Decreto 300/1997 y pago de haberes retroactivos, más impugnación de la resolución administrativa RCE-B 00676/21 que denegó el beneficio.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la acción, se declaró inaplicable el Decreto 300/1997 para el caso, se revocó la resolución RCE-B 00676/21 y se ordenó a ANSES que emita nueva resolución concediendo la jubilación por invalidez en los términos de los arts. 95, 53 y concordantes de la ley 24.241, con pago de haberes desde la fecha de inicio del trámite administrativo; además se declaró la inconstitucionalidad del artículo 21 de la ley 24.463, se impusieron costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios del letrado del actor para la etapa de cumplimiento de sentencia.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Resulta necesario destacar, que la aplicación del decreto al que se hace referencia, constituye un nuevo requisito que condiciona la percepción del beneficio y resulta de cumplimiento imposible en esta instancia, lo que implica en los hechos una denegación de la jubilación por invalidez requerida por el actor."
"El organismo previsional no ha acercado constancia alguna de la cual surja que se ha realizado la notificación fehaciente, que debe ser efectuada conforme lo dispuesto en la norma citada, por lo que mal podría exigírsele al contribuyente que dé cumplimiento a las obligaciones que surgen del decreto 300/1997 si nunca se le ha hecho saber que era su deber presentar la declaración jurada requerida."
"En virtud de todo lo expuesto, corresponde declarar la inaplicabilidad de lo dispuesto en el Dec. 300/1997 para el caso bajo análisis."
"Como se puede observar el peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el art. 95 y su reglamentación, ya que ha realizado aportes por el tiempo suficiente a los fines de adoptar la condición de aportante regular. Conforme lo expuesto corresponde otorgar a la actora la jubilación por invalidez solicitada."
- Disidencias: No consta voto en disidencia que modifique lo resuelto en el bloque dispositivo final; el pronunciamiento del juez queda como decisión del Juzgado.
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