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AGUIRRE, OLIVA VALENTINA Y OTROS c/ EN-MSEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores (Aguirre, Oliva Valentina y otros) solicitaron la regulación de honorarios por la actuación en el proceso. La Cámara Federal modificó la regulación previa y elevó los honorarios a 24,47 UMAs ($2.199.241,25) y fijó los honorarios de la Dra. María Lorena Simonetti en 7,34 UMAs ($659.682), aplicando la ley 27.423 y la Resol. SGA 235/2026.

Honorarios Umas Ley 27423 Resol. sga 235/2026 Regulacion de honorarios Camara contencioso administrativo federal En-mseguridad Iva Liquidacion Apelacion


¿Quién es el actor?

AGUIRRE, OLIVA VALENTINA y otros.

¿A quién se demanda?

EN-MSEGURIDAD
- PFA (Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seguridad).
- Objeto de la demanda: regulación y liquidación de honorarios por la labor profesional desarrollada en el expediente.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la regulación de honorarios de fecha 11/2/2025 y las elevó a 24.47 UMAs (equivalentes al día de la fecha a $2.199.241,25). Además, fijó los honorarios de la Dra. María Lorena Simonetti, letrada patrocinante de la parte actora, en 7.34 UMAs (equivalentes a $659.682). Se aclaró que los importes no incluyen IVA y que, ante la acreditación de ser responsable inscripto, la obligada deberá depositar el tributo correspondiente junto con el pago. Se deja constancia de la vacancia de la Vocalía Nro 15 de la Sala y se ordenó registro, notificación y devolución a la instancia de origen. Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "En función de la naturaleza del juicio, teniendo consideración la calidad, eficacia y extensión de la tarea desarrollada, el resultado del proceso y el monto del juicio (ver liquidación aprobada el día 10/12/2024), corresponde modificar la regulación de honorarios de fecha 11/2/2025 y elevarlos a 24.47 UMAs, equivalentes -al dia de la fecha
- a $2.199.241,25, conf. arts. 16, 19, 21, 24, 29, 51 y ccdtes. de la ley 27423 y la Resol. SGA 235/2026." "Asimismo, por su labor desarrollada ante esta Alzada, corresponde fijar los honorarios del Dra. María Lorena Simonetti, en su carácter de letrada patrocinante de la parte actora, en 7.34 UMAs que equivale -al día de la fecha
- a la suma de $659.682 (conf. Arts. 16, 19, 29, 30, 51 y ccdtes. de la ley 27423 y Resol. SGA 235/2026)." "Cabe dejar aclarado que en los importes en cuestión no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que -frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo que oportunamente realice el beneficiario
- la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo junto con el monto del pago." No constan votos en disidencia en el texto provisto.

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