SORIA, MARIA GISELLA c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Reclamaron honorarios por el cobro de acreencias a favor de los actores; la Cámara confirmó los honorarios regulados en la resolución de grado del 8/9/2025. La Cámara fundó la confirmación en la naturaleza del trabajo, el resultado obtenido y la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional, y en la conformidad con los arts. 16, 21, 41 y concordantes de la ley 27.423 y la Resol. SGA 235/2026.
¿Quién es el actor?
SORIA, MARIA GISELLA (y demás actores mencionados en el expediente).
¿A quién se demanda?
EN-M SEGURIDAD-PFA (encuadre en causas contra el Estado Nacional/ente administrador de personal militar y civil).
- Objeto de la demanda: Regulación y cobro de honorarios profesionales por la labor desarrollada en el cobro de las acreencias de los actores; impugnación/impugnación de la regulación de honorarios en la resolución de grado del 8/9/2025.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativo Federal – Sala V confirmó los honorarios regulados en la resolución de grado de fecha 8/9/2025, por entender que fueron practicados conforme a derecho y en atención a la naturaleza, resultado obtenido y a la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional (cfr. arts. 16, 21, 41 y ccdtes. de la ley 27423 y Resol. SGA 235/2026). Se ordenó registrar, notificar y devolver el expediente al juzgado Nro. 5 del fuero; además se consignó que la Vocalía Nro. 15 se encuentra vacante.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes):
"En función de la naturaleza, del resultado obtenido y de la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional cumplido por los Dres. Hugo Ayala y Darío Villagra, como letrados patrocinantes y por labor desarrollada en el cobro de las acreencias de los actores, corresponde CONFIRMAR los honorarios regulados en la resolución de grado de fecha 8/9/2025, habida cuenta de que han sido practicados conforme a derecho (cfr. arts. 16, 21, 41 y ccdtes. de la ley 27423 y Resol. SGA 235/2026)."
"ASI SE RESUELVE."
- Votos en disidencia: no surgen votos en disidencia en el acto resolutorio transcripto.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: