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Incidente Nº 1 - ACTOR: SORAIRE, DANIEL ARMANDO Y OTROS s/INC EJECUCION DE SENTENCIA

Incidente de ejecución por falta de impulso procesal y omisión en aportar copias requeridas. La Cámara declaró de oficio la caducidad de la instancia por inactividad procesal y resolvió sin costas.

Incidente Ejecucion de sentencia Caducidad de la instancia Cpccn art. 310 Inactividad procesal Sin costas Camara contencioso administrativo federal sala v Plazo de tres meses Presuncion de abandono Requerimiento de copias digitales.


¿Quién es el actor?

SORAIRE, DANIEL ARMANDO y otros.

¿A quién se demanda?

No surge identificado en el texto disponible (DESCONOCIDO).
- Objeto de la demanda: Incidente de ejecución de sentencia (EJECUCION DE SENTENCIA), trámite de incidente Nº 1.

¿Qué se resolvió?

Se declaró de oficio la caducidad de la instancia por haberse incumplido el plazo para impulsar el incidente y presentar las copias solicitadas; se resolvió sin costas.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que cabe recordar que la caducidad de la instancia es un modo anormal de terminación del proceso, cuyo fundamento reside en la presunción de abandono de la causa, motivo por el cual su interpretación debe ser restrictiva y la aplicación que de ella se haga debe adecuarse a ese carácter sin llevar con excesivo ritualismo el criterio que la preside más allá de su ámbito propio, lo que conduce a descartar su procedencia en caso de duda razonable (Fallos 324:1992; 329:3800; 330:1008, entre muchos otros)." "Al respecto, el artículo 310 del CPCCN establece que '[s]e producirá la caducidad de la instancia cuando no se instare su curso dentro de los siguientes plazos: (…) 2) De tres meses, en segunda o tercera instancia y en cualquiera de las instancias en el juicio sumarísimo, en el juicio ejecutivo, en las ejecuciones especiales y en los incidentes'." "En este orden de ideas, toda vez ha transcurrido ampliamente el plazo antes señalado sin que el recurrente presentara las copias requeridas o impulsara el presente incidente, corresponde declarar de oficio la caducidad de la instancia. Sin costas (conf. art. 68 segundo párrafo del CPCCN)."
- Votos/diferencias: No figura voto en disidencia; el acuerdo es colegiado y la decisión es la transcripta. Fechas relevantes: requerimiento para acompañar copias en formato digital notificado el 06/08/2021; firma de la resolución el 17/03/2026.

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