BENCOMO MOLINA, MANUEL ALEJANDRO s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Solicitud de carta de ciudadanía de ciudadano nacido en Venezuela; el Juzgado Civil y Comercial Federal n.º10 declaró y otorgó la ciudadanía argentina a MANUEL ALEJANDRO BENCOMO MOLINA, disponiendo la expedición de la carta de ciudadanía y las comunicaciones administrativas pertinentes por reunir las condiciones legales.
¿Quién es el actor?
MANUEL ALEJANDRO BENCOMO MOLINA.
¿A quién se demanda?
(petición dirigida al Juzgado y verificación por autoridades administrativas: Registro Nacional de las Personas / Dirección Nacional de Migraciones / Estado).
- Objeto de la demanda: Solicitud de carta de ciudadanía argentina (incorporación a la ciudadanía por naturalización).
¿Qué se resolvió?
Se declaró ciudadano argentino a MANUEL ALEJANDRO BENCOMO MOLINA y se ordenó expedir la carta de ciudadanía, oficiar al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones; se previno al interesado sobre la obligación de enrolarse en el plazo de un año y sobre la posible pérdida de la nacionalidad anterior y las consecuencias por fraude u ocultamiento de datos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"I.
- En primer lugar, corresponde analizar, teniendo en cuenta las diversas contestaciones de oficios agregadas en la causa, si el peticionario se encuentra comprendido en alguna de las causales que le impidan obtener el honor de la ciudadanía argentina (conf. art. 5 del decreto 3213/84). En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición del interesado. Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio." "II.
- Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que el peticionario reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias
- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona," y el dispositivo que dispone: "1.
- Declarar ciudadano argentino a MANUEL ALEJANDRO BENCOMO MOLINA... 3.
- Expídase la carta de ciudadanía, ofíciese al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones (conf. art. 110 de la ley 25871)."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia; la sentencia es dictada por el Juez de 1ª instancia y el dispositivo final es el que resuelve.
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