RAISING SA c/ EN-AFIP-DGA-SIGEA 13289-12108-2018 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Reclamó Raising SA la repetición de pagos por derechos de exportación por aplicación indebida de la base imponible prevista en la resolución n°537/1992. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó los agravios de la demandada y ordenó imponerle las costas de la instancia porque la norma invocada no estaba vigente al momento de la exportación.
¿Quién es el actor?
RAISING SA.
¿A quién se demanda?
EN
- AFIP
- DGA
- SIGEA (parte demandada / Administración Federal de Ingresos Públicos, Dirección General de Aduanas).
- Objeto de la demanda: Repetición de lo pagado en exceso por derechos de exportación derivados de la aplicación de la base imponible prevista en la resolución n°537/1992 al momento de la oficialización del permiso de embarque (11/01/2018).
¿Qué se resolvió?
Se desestimaron los agravios de la parte demandada y se confirmó el pronunciamiento apelado; las costas de esta instancia se impusieron a la parte demandada.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"I. Que la sentencia de primera instancia admitió la demanda de repetición promovida por la firma actora, revocó la resolución n°145/2021 y, consecuentemente, ordenó la devolución de la suma abonada en exceso por aplicación de la base imponible estipulada en la resolución n°537/1992, con costas a cargo de la parte demandada. Para así decidir, en lo sustancial, puso de relieve que la fórmula de cálculo prevista en el anexo I de la resolución n°537/1992 se encontraba derogada al momento de la oficialización de la operación de exportación, en tanto el decreto 133/2015 dispuso expresamente la derogación de toda norma que se oponga. Asimismo, señaló que el decreto 1126/2017 —vigente a la fecha de la exportación— fijó una alícuota del diez por ciento (10%) para la posición arancelaria involucrada (4101.50.10), sin establecer una base imponible especial. En consecuencia, sostuvo que, al no existir un derecho de exportación específico creado por ley en los términos del artículo 754 del Código Aduanero, el tributo debía liquidarse ad valorem sobre el valor FOB, de conformidad con los artículos 726, 728 y 753 del citado código."
"III. Que los agravios que ofrece la parte demandada hallan una adecuada respuesta en las consideraciones y en las conclusiones desarrolladas por esta sala en las causas nros. 104/2022 “Raising SA c/ EN
- AFIP -DGA
- SIGEA13289-12131-2018 s/dirección general de aduanas”, pronunciamiento del 19 de noviembre de 2024, 967/2022 “Raising SA c/ AFIP
- DGA
- SIGEA 13289-12188-2018 s/ proceso de conocimiento”, pronunciamiento del 14 de agosto de 2025, 290/2022 “Raising SA c/ EN
- AFIP
- DGA
- SIGEA 13289-12173-2018 s/proceso de conocimiento”, pronunciamiento del 18 de septiembre de 2025, y 966/2022 “Raising SA c/ AFIP
- DGA
- SIGEA 13289
- 12178-2018 s/ proceso de conocimiento”, pronunciamiento del 25 de septiembre de 2025, a las que, por razones de brevedad, corresponde remitir."
"V. Que las costas de esta instancia deben ser impuestas a la parte demandada vencida (artículos 68, primera parte, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y 1163 del Código Aduanero)."
- Disidencias: No se registra disidencia; la resolución consigna firma de dos integrantes por vacancia del tercer cargo.
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