Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: RODRIGUEZ, MAURO s/INFRACCION LEY 23.737
Condenaron por juicio abreviado a Mauro Abel Rodríguez por tenencia simple de estupefacientes; se impuso pena de un año de prisión en suspenso y multa de $11,25. La Cámara homologó el acuerdo presentado conforme al artículo 431 bis del CPPN y fijó reglas de conducta, costas, destrucción de muestras y devolución de bienes incautados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por el Auxiliar Fiscal Dr. Yamil Asmat.
Demandado: Mauro Abel Rodríguez (imputado/acusado).
Objeto: Procedimiento por infracción a la Ley 23.737 (tenencia simple de estupefacientes).
Decisión: Se aceptó el trámite de juicio abreviado y se condenó a Mauro Abel Rodríguez a la pena de un (1) año de prisión de ejecución condicional y multa de $11,25 por considerarlo autor del delito de tenencia simple de estupefacientes; se impusieron reglas de conducta por igual término que la condena (fijar domicilio, someterse a control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal jurisdicción Rosario, abstenerse de usar estupefacientes y de vincularse con personas en infracción a la ley 23.737), se obligó al pago de costas y tasa de justicia, se dispuso la destrucción de las muestras reservadas y la devolución de la motocicleta Honda Biz-125 y un teléfono Samsung, se levantará la inhibición general de bienes una vez satisfecha la multa y la tasa, y se formará legajo de ejecución penal y se comunicará al Registro Nacional de Reincidencia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"En virtud de lo acordado por las partes y con base en los fundamentos expresados previamente en esta audiencia, de conformidad a lo prescripto en los artículos 398 y 431 bis del código procesal penal de la nación, RESUELVO: I. ACEPTAR EL TRÁMITE DE JUICIO ABREVIADO en los términos del artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación."
"II. CONDENAR a Mauro Abel RODRÍGUEZ (DNI 37.295.204) a la pena de UN (1) año de prisión de ejecución condicional y multa de $11,25, por considerarlo autor del delito de tenencia simple de estupefacientes (art. 14, primer párrafo de la Ley 23.737, 21, 40, 41 y 45 del Código Penal, y 403 del Código Procesal Penal)."
"El presidente del Tribunal otorga la palabra a las partes, dejándose constancia que, en todos los casos, se hace expresa remisión a sus términos literalmente obtenidos en los registros de audio y video, que complementan la presente. ... En tales condiciones, el presidente realiza el control jurisdiccional sobre todos los aspectos acordados por las partes, en los términos literalmente obtenidos en los registros audiovisuales."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el expediente; la resolución es unipersonal por el Dr. Eugenio Martínez Ferrero que homologó el acuerdo conforme a 431 bis CPPN.
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