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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ZACARIAS, JOEL ABEL Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C), INFRACCION LEY 23.737 (ART.7) y INFRACCION LEY 23.737 (ART.11 INC.C)

Procedimiento abreviado por comercio de estupefacientes: la Cámara homologó el acuerdo y condenó a Marcos Damián Morel como partícipe secundario a 4 años y 6 meses de prisión y multa de $5.520.000. Además, se ordenó incineración del estupefaciente, decomiso según fallo previo y devolución de efectos no vinculados, y se fijó vencimiento de la pena el 22/10/2028.

Procedimiento abreviado Comercio de estupefacientes Participe secundario Ley 23.737 Multa Incineracion Decomiso Condena Detencion preventiva Ejecucion penal


¿Quién es el actor?

Ministerio Fiscal, representada por la Dra. María José Sauan.
- Demandado / Imputado: Marcos Damián Morel (DNI 43.008.705).
- Objeto del procedimiento: Homologación de un procedimiento abreviado por su participación secundaria en el delito de comercio de estupefacientes agravado por la intervención organizada de tres o más personas (art. 5 inc. c y 11 inc. c ley 23.737), con acuerdo sobre la pena y medidas accesorias.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al procedimiento abreviado y se homologó el acuerdo de las partes; se condenó a Morel a 4 años y 6 meses de prisión, multa de 46 unidades fijas equivalentes a $5.520.000, accesorias legales y costas; se impuso pago de la tasa de justicia de $4.700; se ordenó la incineración del estupefaciente incautado; se atendió el decomiso conforme punto XVIII del fallo 157/2025; se devolverán los efectos no vinculados al delito salvo que se reclamen en 10 días; se convirtió la pena de multa en días de prisión y se fijó el vencimiento de la pena para el 22 de octubre de 2028 a las 12:00 horas (por detención ininterrumpida desde el 12.04.24).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes): "En la ciudad de Rosario, a los 19 días del mes de marzo de 2026, siendo las 13:20 horas, ... Se deja constancia de la comparecencia del imputado Marcos Damián Morel ... La representante de la Fiscalía, quien explica los términos del acuerdo, describe los hechos (formar parte de una organización dedicada al tráfico de estupefacientes al menos desde el 17.03.23 hasta su detención), la calificación legal, evidencias y pena acordada. El Defensor Oficial presta conformidad, como así también lo hace el acusado; asimismo, manifiesta la imposibilidad económica de su defendido para el pago de la multa y solicita su conversión en días de prisión por un total de 10 días; la Fiscal no tiene objeciones al pedido." "En virtud de lo acordado por las partes y de conformidad a lo prescripto en los artículos 398 y 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación, RESUELVO: I.
- Hacer lugar a la solicitud de procedimiento abreviado y homologar el acuerdo presentado por las partes en los términos del artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación. II.
- Condenar a Marcos Damián Morel (DNI 43.008.705) a la pena de 4 años y 6 meses de prisión, multa de 46 unidades fijas equivalentes a la suma de pesos $5.520.000, accesorias legales y costas, por considerarlo partícipe secundario del delito de comercio de estupefacientes agravado por la intervención organizada de tres o más personas..." No consta voto en disidencia; la sentencia fue dictada y firmada por el Juez de Cámara Dr. Román Pablo Lanzón y el Secretario Nicolás Caffaratti.

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