OBRA SOCIAL DE LOS PETROLEROS c/ GABBARINI, CARLOS ESTEBAN s/LEY 23.660 ? OBRAS SOCIALES
La obra social demandó a G., C. E. en autos por prestaciones reguladas por la Ley 23.660. El Juzgado Federal aclaró la resolución de fecha 03-03-2026 corrigiendo el monto reconocido a $351.006,53, ordenó registrar y notificar, pidió que el actor aclare si mantiene la apelación y dispuso la apertura de una cuenta judicial en el Banco de la Nación para obtener el CBU.
¿Quién es el actor?
OBRA SOCIAL DE LOS PETROLEROS
¿A quién se demanda?
G., C. E.
- Objeto de la demanda: causas iniciadas bajo Ley 23.660 (obras sociales), con reclamo de pago de monto vinculado a prestaciones (acto principal de ejecución/ cobro — conforme carátula).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la aclaratoria solicitada corrigiéndose la redacción del fallo de fecha 03-03-2026: donde figuraba la suma "$287.165,11" debe entenderse "$351.006,53". Se ordenó registrar y notificar la aclaración; se intimó a la parte actora a que aclare si persiste o desiste del recurso de apelación interpuesto en el punto II; y se dispuso la apertura de una cuenta judicial en el Banco de la Nación Argentina a nombre del juzgado para obtener el CBU, librándose oficio DEOX cuya confección y diligenciamiento queda a cargo de la parte solicitante.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes del decisorio):
"Asistiéndole razón a la letrada de la parte actora y en función y cumplimiento de lo dispuesto por el art. 36 inc. 6°) y art. 166 inc. 2° del CPCCN, ACLARASE que en la resolución de fecha 03-03-2026, donde dice ‘….íntegro pago del monto reclamado de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CIENTO SESENTA Y CINCO con 11/100 ($ 287.165,11) ….”, debe decir “….íntegro pago del monto reclamado de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SEIS con 53/100 ($351.006,53)…”" "Todo lo que así se declara. REGISTRESE y NOTIFIQUESE." "En virtud de lo resuelto supra, aclare el presentante si persiste en el recurso de apelación interpuesto en el punto II o si desiste del mismo." "Conforme lo solicitado procédase a la apertura de una cuenta judicial en el Banco de la Nación Argentina a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos, a fin de obtener el CBU que se solicita. Líbrese oficio DEOX. La confección y diligenciamiento del oficio queda a cargo de la parte solicitante."
- Disidencias: No consta voto en disidencia.
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