ALBERT, ERNESTO GERARDO Y OTROS c/ EN-M DEFENSA-ARMADA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores reclamaron la regulación de honorarios del letrado apoderado en un expediente sobre personal militar y civil de las FFAA. La Cámara confirmó los emolumentos regulados a favor del Dr. Mario Raúl Roberto Bobbett y ordenó que el IVA integre las costas y se sume a los honorarios si el profesional es responsable inscripto; si no lo hubiera denunciado, el plazo para el pago del tributo correrá desde que lo haga.
¿Quién es el actor?
ALBERT, ERNESTO GERARDO y otros.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Armada (EN-M DEFENSA-ARMADA) en asunto sobre PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG.
- Objeto de la demanda: regulación de honorarios/emolumentos del letrado apoderado por la labor desplegada en la causa.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó, en lo que fue materia de recurso, la regulación de los emolumentos del Dr. Mario Raúl Roberto Bobbett; se estableció que el importe del IVA integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios cuando el profesional sea responsable inscripto; si no hubiere denunciado tal calidad, el plazo para el pago del IVA se computará desde la fecha en que lo haga. Regístrese, devuélvase y notifíquese en la instancia de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Que, mediante la regulación de honorarios se busca compensar de modo adecuado la tarea desplegada por los profesionales que se desempeñaron durante la sustanciación de la causa. Para ello debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, en concordancia con la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución que cada uno ha aportado para llegar a la solución definitiva del pleito."
"Que, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional (C.S., Fallos: 270:388; 296:124, entre muchos más)."
"toda vez que la causa fue declarada como de puro derecho con fecha 23/12/2020, corresponde confirmar -en lo que fue materia de recurso
- los emolumentos del DR. MARIO RAUL ROBERTO BOBBETT, letrado apoderado, actuante en la defensa de la actora (arts. 16, 20, 21, 24, 29, y ccdtes. y citados de la ley 27.423)."
"El importe del impuesto al valor agregado integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios, cuando el profesional acreedor revista la calidad de responsable inscripto en dicho tributo (conf. esta Sala in re: 'Beccar Varela Emilio
- Lobos Rafael Marcelo c/Colegio Públ. de Abog.' del 16 de julio de 1996). Para el caso de que el profesional no haya denunciado la calidad que inviste frente al IVA, el plazo para el pago del tributo sobre el honorario regulado, correrá a partir de la fecha en que lo haga."
- Votos en disidencia: No se advierte en el texto firma o manifestación de disidencia; la decisión se presenta como acordada por la Cámara.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: