DE MARCO, MARCELO s/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD
Acción de determinación de la capacidad promovida por Marcelo De Marco. La Cámara Civil (Sala D) confirmó la sentencia de primera instancia del 17/11/2025 y ordenó la registración en el Registro de Incapaces, notificando a la Defensora de Menores e Incapaces y devolviendo las actuaciones al juez de grado para su cumplimiento.
¿Quién es el actor?
De Marco, Marcelo.
¿A quién se demanda?
Acción de determinación de la capacidad (proceso de determinación de la capacidad).
- Objeto de la demanda: Determinación de la capacidad (actuación destinada a establecer la incapacidad o capacidad de la persona).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Civil —Sala D— confirmó la sentencia dictada el 17 de noviembre de 2025 (fs. 513/519). Ordenó registrarla, notificar a la Defensora de Menores e Incapaces de Cámara en su despacho, devolver las actuaciones a la instancia de grado y encomendó al magistrado la remisión de las mismas al Registro de Incapaces para su inscripción. Asimismo dispuso la remisión de la resolución a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la CSJN para su publicación (Acordada CSJN n.º 10/25).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"I
- Téngase presente el dictamen de la señora Defensora de Menores e Incapaces de Cámara que antecede y dese por suficientemente cumplida la intervención de la Alzada en el caso prevista por los artículos 253 bis y 633 del Código Procesal."
"II
- Encontrándose el procedimiento ajustado a lo normado por los artículos 624 al 636 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, corresponde confirmar la sentencia dictada el día 17 de noviembre de 2025 a fs. 513/519."
"Por lo expuesto, y de conformidad con lo dictaminado por la señora Defensora de Menores e Incapaces de Cámara, SE RESUELVE: confirmar la sentencia dictada el día 17 de noviembre de 2025 a fs. 513/519. Regístrese, notifíquese a la señora Defensora de Menores e Incapaces de Cámara en su despacho. Devuélvanse las actuaciones a la instancia de grado, encomendando al magistrado la remisión de las mismas al Registro de Incapaces a los fines de su inscripción. Hágase saber que la presente resolución será remitida a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la CSJN a los fines de su publicación (Acordada CSJN n.º 10/25)."
(No constan votos en disidencia en el texto aportado.)
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: