GOMEZ OLAYA, JESSICA CECILIA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Solicitud de carta de ciudadanía con error en el padrón parental. El Juzgado rectificó el nombre del padre consignado en la sentencia del 10/04/26, ordenando leer “LEONARDO DE JESUS GOMEZ GUTIERREZ”, y dispuso comunicar la aclaración y notificar a la interesada y al procurador fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: GOMEZ OLAYA, JESSICA CECILIA (interesada en solicitud de carta de ciudadanía).
Demandado: materia administrativa vinculada al trámite de carta de ciudadanía (acto de jurisdicción sobre el expediente); no consta parte contraria específica en el pronunciamiento.
Objeto: solicitud de carta de ciudadanía; en este proveído se tramita una aclaración/rectificación de la consignación del nombre del padre en la sentencia de fecha 10/04/26.
Decisión: se hizo lugar a la rectificación solicitada y se aclara que, donde en la sentencia decía “LEONARDO JESUS GOMEZ GUTIERREZ”, debe leerse “LEONARDO DE JESUS GOMEZ GUTIERREZ”; además se ordenó comunicar la aclaración a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y notificar a la interesada y al procurador fiscal por Secretaría.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Advirtiendo que en la sentencia de fecha 10/04/26 se ha consignado de forma errónea el nombre del padre de la interesada, corresponde rectificarla, de modo que, donde dice “LEONARDO JESUS GOMEZ GUTIERREZ”, debe leerse “LEONARDO DE JESUS GOMEZ GUTIERREZ”."
"ASI SE ACLARA."
"Comuníquese a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Regístrese y notifíquese a la interesada y al procurador fiscal por Secretaría."
(Se consignan además la fecha de firma 21/04/2026 y la firma del Juez Federal Gonzalo Auguste.)
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