Logo

EGOROVA, MARINA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía por Marina Egorova; el Juzgado Civil y Comercial Federal N°10 declaró procedente la petición y declaró ciudadana argentina a Marina Egorova, ordenando la extensión de la carta de ciudadanía y las comunicaciones administrativas pertinentes.

Ciudadania Carta de ciudadania Decreto 3213/84 Arraigo Radicacion permanente Enrolamiento Perdida de nacionalidad Registro nacional de las personas Direccion nacional de migraciones Expediente 21510/2024


¿Quién es el actor?

MARINA EGOROVA (peticionaria).

¿A quién se demanda?

No hay parte demandada; trámite administrativo judicial sobre concesión de la ciudadanía (intervención del Ministerio Público Fiscal como fiscalizador).
- Objeto de la demanda: Solicitud de concesión de la ciudadanía argentina y expedición de la carta de ciudadanía (expte. 21510/2024).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la petición y se declaró ciudadana argentina a Marina Egorova, con la exigencia de prestar juramento de fidelidad, la obligación de enrolarse en el plazo de un (1) año y con las comunicacions y advertencias previstas en el dispositivo (pérdida de la nacionalidad anterior según principio de unicidad, posibilidad de cancelación por fraude u ocultamiento, oficios al RENAPER, Cámara Nacional Electoral y Migraciones). Fundamentos principales (extractos textuales relevantes de la sentencia):
- "En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición de la interesada."
- "Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, por cuanto se le ha concedido la radicación permanente, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio, habiendo ingresado al país el 08/09/23 (conf. contestación de oficio de la Dirección Nacional de Migraciones obrante en autos)."
- "Toda vez que el Sr. fiscal no ha cuestionado el trámite desde que tuvo intervención en el proceso y ponderando que la peticionaria se encuentra comprendida dentro de una de las causales de excepción previstas en el artículo 3, segunda parte, inciso f, del decreto reglamentario 3213/84, debido a que tiene un hija argentina nacida el 19/10/23 (conf. la documental aportada al inicio del trámite) corresponde tener por acreditado su arraigo a la República Argentina."
- "Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que la peticionaria reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias
- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona,"
- Dispositivo final (transcripción en la sección 0) consignó: "Declarar ciudadana argentina a MARINA EGOROVA..." y las consecuentes órdenes de expedición de la carta de ciudadanía, comunicaciones al RENAPER, Cámara Nacional Electoral y Dirección Nacional de Migraciones, la advertencia sobre pérdida de la nacionalidad anterior y la posible cancelación por fraude u ocultamiento conforme al Decreto 3213/84. (No hubo votos en disidencia en el expediente; la decisión es única y dictada por el Juzgado.)

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar