BASSI, PEDRO LEONARDO Y OTRO c/ EN - AFIP - LEY 20628 s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Acción declarativa por inconstitucionalidad del artículo 79 inciso c) y normas concordantes de la ley 20.628 y petición de devolución de retenciones sobre haberes previsionales. La Cámara confirmó la sentencia de grado que declaró la inconstitucionalidad y ordenó el cese de retenciones y la devolución de las sumas retenidas, con las precisiones sobre el alcance temporal del reintegro y la tasa de intereses previstas en el Considerando X y el alcance establecido en el Considerando VIII.
¿Quién es el actor?
BASSI, Pedro Leonardo y otro (actores del expediente).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional – AFIP (Dirección General Impositiva).
- Objeto de la demanda: pedir la declaración de inconstitucionalidad del artículo 79 inciso c) (y concordantes) de la ley 20.628 respecto de la retención del impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales y reclamar el reintegro de las sumas retenidas.
¿Qué se resolvió?
se confirmó la sentencia apelada en lo principal que decide —es decir, la declaración de inconstitucionalidad del artículo 79 inciso c) y normas concordantes de la ley 20.628 (t.o. 1997 y sus modificatorias), el cese de las retenciones sobre los haberes previsionales de los actores y el reintegro de las sumas retenidas— con las modificaciones relativas al cómputo de intereses y al alcance temporal derivadas del Considerando X y del Considerando VIII. Las costas se imponen en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) "Pautas tales como la edad, las condiciones de salud y la potencial confiscatoriedad del impuesto, fueron tenidas en cuenta por esta Sala... Por ello, acatando el criterio sentado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, estimo adecuado confirmar lo decidido por el sentenciante en cuanto declaró la inconstitucionalidad de los artículos 79 inciso c) y concordantes de la ley 20.628 (texto según leyes 27.346 y 27.430)."
2) "Por ello, corresponde confirmar la inconstitucionalidad dispuesta por el sentenciante en punto al artículo 79 inciso c) y demás normas concordantes de la ley 20.628 –texto según leyes 27.346 y 27.430– alcanzando también al texto modificado por las leyes 27.617, 27.725 y 27.743; así como el reintegro y el cese de las retenciones en el concepto aquí examinado sobre los haberes previsionales de los actores."
3) "Siendo ello así, corresponde rechazar el agravio vertido por la demandada y confirmar el criterio sentado por el Sr. juez de grado en este aspecto." (sobre el alcance temporal conforme art. 56 Ley de Procedimiento Tributario)
4) Sobre intereses (Considerando X, transcripción parcial relevante): "El crédito en favor de los actores se compone de dos rubros: (a) el capital –referido a las retenciones sufridas– y (b) los intereses que se le adicionan... (b.1) Las retenciones sufridas en el segmento de tiempo contenido entre los cinco años anteriores a la interposición de la demanda y el día en que tuvo lugar esto último: sólo devenga intereses a partir de la interposición de la demanda... (b.2) Las retenciones sufridas por los actores con posterioridad a la interposición de la demanda, devengan intereses desde que cada retención tuvo lugar... (b.3.2) Para los intereses devengados desde el 1/9/22 ... y hasta el 31/1/24: se aplica la tasa de 3,84%... (b.3.5) Finalmente, para los intereses devengados desde el 1/7/2025 y hasta el momento del efectivo pago: se aplica la tasa de 0.5%, en cumplimiento de la Resolución Nº 823/2025 del Ministerio de economía; o la que la sustituya en el futuro."
- Disidencias: no constan votos en disidencia; ambos jueces suscriben la resolución.
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