MOHD, NAZMUL HAQUE c/ EN-M INTERIOR OP Y V-CONARE s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El actor demandó al Estado Nacional y a CONARE solicitando el reconocimiento de la condición de refugiado. La Cámara admitió el recurso de apelación y modificó la imposición de costas, imponiéndolas en el orden causado en ambas instancias por las particularidades del caso y la naturaleza del derecho en juego.
¿Quién es el actor?
MOHD, NAZMUL HAQUE.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (EN-M Interior OP) y CONARE.
- Objeto de la demanda: proceso de conocimiento para el reconocimiento de la condición de refugiado; en instancia de grado se había declarado la caducidad de la instancia y se habían impuestas las costas al actor.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar al recurso de apelación y modificó la resolución de grado en lo relativo a las costas, imponiendo las costas de ambas instancias en el orden causado, por considerar que existen particularidades vinculadas a la naturaleza del derecho reclamado que habilitan el apartamiento del principio objetivo de la derrota (art. 68, segunda parte, CPCCN).
- Fundamentos principales (textos transcritos):
“Asimismo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que ‘[e]l art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación consagra el principio rector en materia de costas, que encuentra su razón de ser en el hecho objetivo de la derrota (Fallos: 323:3115; 325:3467); y quien pretenda exceptuarse de esa regla debe demostrar acabadamente las circunstancias que justificarían el apartamiento de ella’ (Fallos: 329:2761).”
“En tales condiciones, sin desconocer que, en el caso, prosperó la pretensión del demandado en cuanto a que se declare la caducidad de la instancia judicial, lo cierto es que este Tribunal tiene dicho que la naturaleza de los derechos en debate -en los que la discusión gira en torno al reconocimiento de la condición de refugiados-, es motivo suficiente para apartarse del criterio rector en materia de costas aludido (conf. art. 54 de la Ley Nº 26.165). En efecto, esta Sala, aún en procesos en los que se rechazó la pretensión de la actora analizando el fondo de la cuestión, ha impuesto las costas en el referido sentido (v. esta Sala en: ‘Damtse, Joseph c/ EN-M Interior-CONARE s/Proceso de conocimiento’, N° 14521/2014, del 12 de septiembre de 2019; ‘Njoku, Michael c/ EN-M Interior-CONARE s/Proceso de conocimiento’, N° 5824/2014, del 23 de abril de 2019, entre otros).”
“En consecuencia, existiendo en el caso particularidades que habilitan el apartamiento del principio consagrado en la primera parte del artículo 68 y en la última parte del artículo 73 del CPCCN, corresponde admitir el recurso de apelación interpuesto por la parte actora y, en consecuencia, imponer las costas de ambas instancias en el orden causado por los motivos antes invocados y las particularidades del caso (art. 68, segunda parte, del CPCCN).”
- Disidencias: No se registra voto en disidencia en el texto transcripto.
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